Herencia de piso con persona incapacitada.

Mi caso es el el siguiente, mi madre y mi tía tienen un piso que continua a nombre de mis abuelos que murieron hace ya 30 años, ahora hemos tenido que incapacitar a mi madre por problemas de salud, nombrándome a mi tutor legal de ella. Mi tía dice que se quiere quedar el piso ella ya que siempre se ha hecho cargo de todos los gastos que se han sucedido durante estos años, ¿puede hacerlo así? ¿Yo cómo tutor de mi madre tengo derecho a oponerme y a reclamar mi parte de este piso? Mi tía tiene dos hijos y temo si se lo pone a su nombre que yo no vea nada de esta herencia.

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Tendrán que tramitar la herencia, conforme a la legislación de aplicación en Cataluña, a falta de testamento.

Si solo hay dos herederos (su madre y su tía) habitualmente, será el 50% de la propiedad para cada una. Otra cuestión es que su madre tenga que compensar a su tía por los gastos que ella a pagado...

Usted debería solicitar que se realice la herencia, conforme a ley.

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