Deshabilitar a alguien y reparto no equitativo

Me gustaría pudieran aclararme los siguientes temas:
Mi abuela hizo testamento en su día.. Es decir hace bastantes años.. En las que dejaba sus bienes a sus dos únicas hijas a partes iguales.
En la actualidad cuenta con 92 años... Nos hemos enterado de que ha dejado otro testamento o papel.. En el cual deja una de las casas que tiene a una hija y la otra casa a la otra.
Bien.. El tema es el siguiente:
Una de las casas es un piso en madrid de unos 100 m2... Y el otro inmueble es una casa de pueblo bastante vieja y deteriorada que debe de tener más de 150 años.
El tema es claro ... Creo que hay una desventaja a la hora del reparto de dichos bienes.. Con lo que una de las herederas se ve que está en clara desventaja en relación a la otra.
Supongo que esto no será muy legal, entiendo, más que nada porque debería de ser un reparto equitativo. .. Es decir al 50% para cada heredera
Tampoco se, si en este último testamento o papel... Se ha podido ver presionada.. O bajo la influencia de alguien.. Porque no es lógico que ahora que tiene 92 años exista este cambio desde hace más o menos 1 año.
Esto por un lado y por otro.. Es un tema de deshabilitar a una persona.
Una de las herederas ha iniciado unos trámites legales en los cuales quiere deshabilitar a su madre.. Y así poder ingresarla en una residencia con problemas dementes... Mientras que la otra hija no está muy de acuerdo en seguir este trámite.. Y menos aún en llevarla a este tipo de residencias... Cuando hace excasamente un par de meses vivía independientemente.
Ha recibido una carta la persona que no está de acuerdo con dicha deshabilitación que tiene un plazo de 10 días para apoyar ésta o de caso contrario pasará a la autoridad competente.. Creo que se debe de referir a que la meterían en una residencia.
La pregunta es.. ¿se puede negar a firmar la deshabilitación de su madre? ¿Y en ese caso cuál sería el proceso a seguir o la consecuencia al no aceptar esto?...

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No hay que hacer un reparto equitativo, sino un reparto que respete el régimen de legitimas de los hijos, y esto depende de donde tenga su residencia su abuela; dato que necesitaría conocer.
Por otro lado, el término exacto no es deshabilitar; se trata de incapacitar a un persona; y no es fácil; es en un procedimiento judicial en el que se deben de presentar las pruebas de que esa persona no está bien para regir su persona y bienes, y es el juez el que en todo caso decide, no sus familiares; y en caso de que se le incapacite, dependiendo del grado de incapacidad, perderá su capacidad para obrar en mayor o menor medida, y se le nombraría un tutor o curador, que es el representante legal del incapaz.
Muchísimas gracias por su atención..
Tan solo un planteamiento más:
Al recibir una carta de la fiscalía de Cuenca en la que nos dan un plazo de días para (supongo que será) contestar si se está de acuerdo o no con comenzar los trámites para la incapacitación de esta persona.
¿Qué ocurre si una de las hijas (la que vive en Madrid) se niega a ratificar estos trámites?
¿Y si quisiera hacerse cargo de su cuidado?
Teniendo en cuenta que la residencia habitual de la afectada es Madrid donde está empadronada y en estos momentos está en Cuenca momentáneamente
Vuelvo a agradecerles su ayuda y atención
Un saludo
Veamos, el juez competente es de la residencia de la persona incapacitada; si vive en Cuenca de forma habitual, entonces será el juez de Cuenca el competente; y si es en Madrid, el de Madrid. Ustedes incluso podrían contestar a la demanda de incapacitación alegando la falta de competencia del juez por este motivo.
Y por lo que veo, el procedimiento está en marcha; no se trata de que se oponga a su inicio, da lo mismo que ustedes se "nieguen a ratificar estos trámites". Lo que deben de hacer es personarse por medio de abogado en el procedimiento judicial en cuestión y oponerse a la demanda, para que a ustedes también se les oiga. Una vez personados podrán alegar la falta de competencia del juez de Cuenca, y en tal caso, que se tramite ante el de Madrid.
Y el cuidado de la madre no es obstáculo para que a esta señora se la incapacite. La madre en todo caso debe de estar cuidada, se la incapacite o no; ustedes pueden en ese mismo procedimiento pedir que la madre quede bajo su cuidado, caso de ser incapacitada; si no es incapacitada, ella podría decidir donde vivir libremente, como cualquier otra persona.
Por todo esto, sería bueno que procedan a personarse en el juicio; si se persona, incluso su mujer puede ser nombra tutora o curador de la madre; es el juez quien decide debe serlo.
También les digo una cosa; puede parecer un horror incapacitar a alguien, y más si es tu madre; dios quiera que a mí no me suceda; pero si la madre lo necesita es muy conveniente hacer esta gestión. De lo contrario, en el futuro se pueden plantear con problemas más difíciles de solucionar, o imposibles de solucionar si no se la ha incapacitado ya.
Ruego que por favor den por finalizada esta pregunta, y así poder atender otra, sin que la suya me ocupe espacio en el buzón.

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