¿Cómo reflejar la venta de mi piso y situación de desempleo en la declaración de la renta?

Somos un matrimonio con una hija de 12 años cuya situación ha cambiado radicalmente de un año para otro y no sé cómo reflejarla. Me quedé en el paro en Junio del 2014 y mi marido en Agosto. Entre medias vendimos nuestro piso que nos costó 200.000€ en el 2005 por 149.000€ en el 2014. Era nuestra vivienda habitual. Además de no ganar nada en la venta, tuvimos que pagar como plusvalía del piso +parking 3300€. Ahora mismo estamos viviendo de alquiler y no sabemos si comprar un piso o seguir de alquiler por si acaso, en vista de nuestra situación laboral. Quisiera saber de cara a la declaración si nuestra situación nos favorece a la hora de que se nos aplique alguna devolución ya sea en la cantidad de la plusvalía como en otro aspecto.

Por otro lado, ¿es mejor en este caso hacerla conjunta o separada?, teniendo en cuenta que el piso lo teníamos al 50%

También me gustariá saber si es obligatorio que reinvirtamos la cuantía generada en la venta en otra vivienda habitual de cara a que hacienda no nos penalice el año que viene, o no es necesario habida cuenta de que no ha habido lucro.

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En primer lugar, hay que aclarar que en la declaración de la renta solo se paga por los ingresos del trabajo o actividades económicas y por las ganancias obtenidas, es decir en tu caso no pagarás nada porque no has obtenido beneficios, eso sí debes declarar las pérdidas para así si en los siguientes años tienes una ganancia patrimonial, podrás compensarla y no pagar tampoco.

Es indiferente hacerla conjunta o separada.

Tu situación laboral no tiene nada que ver con la declaración de la renta, por lo que no la altera en nada.

Por último, si no ha habido beneficio en la venta, en principio el ayuntamiento no debería haber cobrado plusvalía. Entiendo que si te han cobrado se podría solicitar la devolución.

Buenos días,

Gracias por su respuesta. Me queda saber si debemos reinvertir el dinero de la venta del piso en otra vivienda obligatoriamente o no es necesario ya que no hubo lucro. 

Gracias de nuevo.

Un saludo.

La ley dice que para considerar la vivienda habitual, debe haber sido habitada de forma continúa durante un plazo mínimo de tres años. Con lo que entiendo que al cumplir este requisito y no haber obtenido plusvalías, no tenéis que invertir nada en una nueva vivienda.

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