Comunidad de propietarios. Dudas sobre si se pueden hacer actividades lucradas en zonas comunes.
Buenas tardes,
yo vivo en una comunidad de propietarios donde tenemos una pista de pádel. El caso es que hay un vecino que es profesor de este deporte y sabemos que desde hace mucho tiempo, da clases en la pista comunitaria cobrando por sus servicios a alumnos suyos que son totalmente ajenos a la comunidad. La pregunta es, ¿puede hacerlo? ¿puede ganar dinero a costa del uso de un elemento comunitario?, es evidente que el mantenimiento corre a cargo de todos los vecinos y que nosotros no recibimos nada de las ganancias que obtiene dicha persona. ¿Se puede hacer algo para que deje de realizar dicha actividad lucrada en la pista comunitaria? ¿dice algo la ley de propiedad horizontal al respecto? O ¿el código civil regula algo en este supuesto?
Muchas gracias de antemano por su colaboración.