Se puede renunciar a una herencia sin testamento

Mi abuela, soltera, ha fallecido y mi madre, hija única, esta pensando en renunciar a la herencia. ¿Si lo hiciera yo que también soy hija única pasaría a ser heredera?

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Su madre está en el derecho de renunciar a la herencia y no aceptarla. En ese caso efectivamente va a pasar a usted por ser la siguiente en la línea sucesoria, siempre que su madre no lo haga a favor de nadie, herencia que usted también puede renunciar a ella o aceptarla. En caso de renunciar su madre a ella, antes de liquidar ningún tipo de impuesto debe de acudir al Notario. Una vez acudan a él, consúltenle los pasos que deben de seguir en función de si usted la va a aceptar o también va a renunciar a ella.

Espero haberla ayudado, si necesita alguna aclaración no dude en preguntarme.

Le pido por favor que valore la respuesta para poder seguir contestando a otros usuarios.

Y si yo renuncio también, pasaría a mi hijo, menor de edad? Y el podría renunciar también? Puedo hacerlo yo como su representante legal?

Efectivamente, pasaría a él. Para realizar la renuncia como tutor del menor, usted deberá pedir autorización al Juzgado, que será quien valore si permite o no que el tutor realice la renuncia en nombre del menor.

Dos puntos muy importantes son: renunciar antes de liquidar impuestos y acudir al Notario para hacer pública la renuncia.

Si al final el menor también renuncia a la herencia (usted en su nombre) y no hay mas sucesores según la Ley al no haber testamento, la herencia se la adjudicará el Estado.

Entiendo que se debe hacer todo antes de liquidar sucesiones, y entiendo que si se renuncia no hay obligación de presentar la declaración para su liquidación, correcto? Y que todas las renuncias deben hacerse ante notario, incluida la del menor una vez obtenida la autorización judicial?

muchas gracias por la ayuda

Efectivamente se debe de hacer todo ante Notario y antes de liquidar ningún impuesto, ya que de hacerlo se estaría aceptando la herencia.

Si se renuncia no hay que liquidar ningún impuesto, ya que en realidad no hay una sucesión.

Está en lo correcto en todo lo comentado en la última pregunta.

¡Gracias!  Por las aclaraciones

Hola de nuevo

Podemos aceptar la herencia en nombre de mi hijo? Sería como si la aceptara a beneficio de inventario? Cómo se hace?

le pregunto porque mi abuela dejo solo una cuenta con poco saldo y una deuda de tasas de residencia.

muchas gracias por todo

Si se aceptase la herencia a nombre de su hijo, sería una aceptación pura y simple, salvo que se haga expresamente a beneficio de inventario. Esto quiere decir que se liquidarían las deudas con los bienes y una vez liquidadas quedaría el resto de patrimonio libre.

He de decirle que aceptar una herencia a beneficio de inventario, aunque cada vez se hace más, es un proceso judicial bastante largo y costoso. Se puede hacer ante Notario o Juez y tiene un plazo desde la aceptación de herencia.

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