Dudas sobre herencia ante notario

Buenas tardes!: Quería por favor,si me pudieran ofrecer una respuesta a esta consulta que ahora planteo.Ya por adelantado,mi agradecimiento por su labor y por su tiempo.Lo que quiero plantear es lo siguiente:

Mi suegro está muy delicado de salud,y por palabras textuales de los médicos que le están tratando su enfermedad,tiene los días bantante contados. El asunto es que este señor,conociendo su inminente empeoramiento,decidió hacer testamento ante notario( del cual me facilitó a mí una copia),en el cuall expresa su voluntad de dejar en herencia sus ahorros,a partes iguales entre un hijo que tiene(mi cuñado) y luego,la parte que correspondería por ley a mi marido(desgraciadamente,éste falleció hace 18 meses,en un accidente),a mis 3 hijos,sus nietos. No menciona a su esposa para heredarla,dice que lega ese dinero tal y como yo les he comentado. Mi duda surje,si mi cuñado puede reclamar la parte íntegra de esa herencia cuando este hecho de su muerte se haya causado,o si bajo ninguna circunstancia,él puede quitarle a mis hijos la parte que su abuelo les deja,que sería la que hubiera correspondido a mi marido. ¿Puede también dejar su herencia completamente a sus hijos,o nietos y no dejarle nada a mi suegra,como así ha declarado,o le corresponde a ésta alguna parte?

 Llegado el momento de convertirse mis hijos en herederos,¿ese dinero que se les otorgue como herencia, tiene que ser declarado o tributado,con impuestos a hacienda,o al ser éstos niños menores(9,13 y 15 años respectivamente),quedan extentos. ¿Hay alguna cantidad máxima para estar extento de este impuesto o se paga de todas formas? Por una conversación con mi suegra,en el día de ayer,esta herencia ronda como unos 40.000€ en total,lo que entiendo que correspondería una mitad a repartír entre mis 3 hijos.

 Espero que hayan entendido bien lo que intento exponerles. Así mismo,discúlpenme por extenderme tanto.

. Muchas gracias, un saludo y felices fiestas.

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Las herencias son un tema muy complejo y le recomendamos se ponga en manos de un abogado que le estudie su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico en nuestra web.

Dependerá de muchas circunstancias todo... las sucesiones están reguladas en muchas comunidades autónomas, no solo el tema del impuesto, sino también ciertas peculiaridades en cuanto a repartos y disposiciones.

La legitima que pudiera corresponderle, al hijo fallecido, pasara a sus hijos, como herederos legales de su padre. En cuanto a la mujer del fallecido, habitualmente tiene derecho a su parte de usufructo.

En cuanto al pago de impuestos, eso dependerá de la legislación de la comunidad autónoma, pero siempre hay que presentar declaración, dentro de los seis meses desde el fallecimiento.

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