Impugnación de una junta de vecinos

Pertenezco a una comunidad de propietarios. Hace como 10 años que el presidente no ha sido sustituido. Encontramos ciertas irregularidades en las cuentas que presenta la administración de fincas, por lo que le dijimos al presidente que montase una reunión. El se negó por lo que le mandamos un burofax y con el coeficiente de 3/5 avas partes de propietarios montamos la reunión.

Orden del día:

1.-Aclaración de cuentas

2.-Cese y nombramiento nuevo administrador si procede

3.-Cese y nombramiento nueva junta

entre otros temas...

CUal es nuestra sorpresa que se presenta el presidente en la reunión con la administración de fincas un abogado y un notario y con 35 representaciones de vecinos. Le decimos que la reunión la han montando los vecinos ante su negativa y la administradora contesta que la reunión la monta siempre el presidente y el administrador.

Mi pregunta es:

1.- ¿Es legal que la administradora estuviese en la reunión cuando en el burofax que enviamos al presidente le dijimos muy claro que la reunión se montaba por parte de los vecinos dada su negativa y que no era necesaria la presencia del administrador?

2.-Es legal que constando como orden del día: cese y nombramiento de nuevos componentes de la junta, este presidente se presentase con 35 representaciones en las cuales los representados no hacían mención al voto a favor o en contra. ¿Para los puntos 2 y 3?.

3.-¿Es legal que asista un notario si la comunidad no lo ha pedido?. ¿En este caso quien asume el coste del mismo?.

Creo entender que se hizo un abuso del poder como presidente, dado que los propietarios que montamos la reunión no teníamos el telef. De todos y se convoco mediante tablón de anuncios y como nos pusimos tan nerviosos no se voto nada.

¿Qué tenemos que hacer ahora?. ¿Esa reunión se puede dar por nula?.

3 Respuestas

Respuesta
1

Nosotros nos adherimos a las respuestas anteriores de nuestros colegas que nos parecen correctas y muy bien fundamentadas.

TORRES Y LUCENA ABOGADOS VALENCIA

Respuesta
1

Voy a tratar de responder a lo que pueda, en la medida de mis posibilidades.

1.- ¿Es legal que la administradora estuviese en la reunión cuando en el burofax que enviamos al presidente le dijimos muy claro que la reunión se montaba por parte de los vecinos dada su negativa y que no era necesaria la presencia del administrador?

No veo ilegalidad, en mi opinión. Indicarle al Presidente que no es necesaria la presencia del Administrador (y Secretario, imagino), no implica que no pueda asistir, para ejercer las funciones que le corresponden.

2.-Es legal que constando como orden del día: cese y nombramiento de nuevos componentes de la junta, este presidente se presentase con 35 representaciones en las cuales los representados no hacían mención al voto a favor o en contra. ¿Para los puntos 2 y 3?.

Tampoco veo ilegalidad. Los Propietarios que lo deseen pueden delegar su voto en la persona que consideren conveniente. Y nada les obliga a indicar su intención de voto, si lo dejan en manos de la persona que los representa.

3.-¿Es legal que asista un notario si la comunidad no lo ha pedido?. ¿En este caso quien asume el coste del mismo?.

En cuanto a la asistencia del notario, tengo mis dudas.

Pero en lo que se refiere a su coste, en principio, al no haber sido aprobado por la Junta, debería asumirlo el Presidente (o los que hayan sido informados y hayan consentido que se hayan contratado sus servicios, si es el caso).

sigo teniendo la duda. Las personas que dieron su representación se la dieron al presidente al cual se le quiere echar. Como puede este señor votar a favor de si mismo?. las representaciones no expecifican nada de esto.¡¡. esque por esta regla de tres nunca vamos a poder echar a este buen señor ni a la administradora, porque los vecinos no vienen a las reuniones y el como presión se ocupa de recoger las representaciones sin explicar nada .y por otro lado. si los vecinos quieren reunirse ellos solos para hablar porque tiene que venir la administradora si precisamente se tiene que hablar de ella?.

Las representaciones no tienen que especificar nada. Si alguien da su representación a otro, asume que éste votará en su nombre, lo que considere más oportuno. Sí es cierto que se puede incluir algún comentario o nota indicando la intención del voto, pero no es necesario (de hecho, no es ni habitual).

Tiene Ud. razón al decir que, si siempre consigue que una mayoría de vecinos le deleguen el voto, lo tienen complicado para que deje el cargo. Pero esto tiene toda la validez legal. Si no están de acuerdo, sólo les queda tratar de razonar con los vecinos que, al parecer, apoyan a este Presidente y Administrador de forma incondicional. Mientras sigan teniendo el apoyo mayoritario (en persona o por representación), no van a poder echarlos (salvo, por supuesto, que fueran Uds. capaces de demostrar las supuestas irregularidades y se decidieran a denunciarlas).

En cuanto a la presencia del Administrador, como le decía antes, normalmente ejerce también de Secretario, y se encargará de redactar y firmar el Acta, junto con el Presidente. Por tanto, lo natural es que asista a la reunión.

Por otra parte, dice Ud. que los vecinos quieren reunirse solos... pero eso parece que no es así. Los que han convocado la reunión, sí quieren. Pero el Presidente y todos los que están representados por él, parece ser que no coinciden con esa voluntad.

Y, a pesar de estar presente, pueden Uds. hablar de él y de su gestión. También podrían solicitarle que se retirara un momento, al tratar el asunto (pero una vez más, debería solicitarlo la mayoría, que no tienen).

Respuesta

En referencia a sus preguntas contestarle lo siguiente:

1.- ¿Es legal que la administradora estuviese en la reunión cuando en el burofax que enviamos al presidente le dijimos muy claro que la reunión se montaba por parte de los vecinos dada su negativa y que no era necesaria la presencia del administrador?

- Si el promotor de la reunión, en este caso usted, exige una reunión entre vecinos sin presencia del Administrador, no es legal que éste se presente, con abogado y notario. Si bien es cierto que puede decir que va invitado por representación del Presidente o por alguien de los Propietarios. ¿Pasó esto?, ¿Cómo se presentó?, ¿Quién presidió la reunión el promotor o el Administrador?, ¿El Administrador presentó el papel a quien representaba? ¿Representaba a algún propietario?.

2.- Es legal que constando como orden del día: cese y nombramiento de nuevos componentes de la junta, este presidente se presentase con 35 representaciones en las cuales los representados no hacían mención al voto a favor o en contra. ¿Para los puntos 2 y 3?.

- Se entiende que cuando un propietario es representado es para su voto, salvo que el mismo lo notifique por escrito en la misma representación. ¿De qué sirve una representación si no puede hablar ni votar esa persona por mí?.

El art. 553-24 de la ley de la propiedad horizontal en el apartado 2 especifica claramente que el derecho a voto se ejerce tanto personalmente como por representación. (Se entiende siempre que esté al corriente de pago).

3.-¿Es legal que asista un notario si la comunidad no lo ha pedido?. ¿En este caso quien asume el coste del mismo?.

- Es legal si dicho notario representa a algún propietario. En caso que no lo represente, se podría haber anulado la reunión perfectamente o bien expulsarlos de la misma al entender que no estaban invitados ni representan a ningún propietario. El Administrador es un servicio, nada más.

Creo entender que se hizo un abuso del poder como presidente, dado que los propietarios que montamos la reunión no teníamos el telef. De todos y se convoco mediante tablón de anuncios y como nos pusimos tan nerviosos no se voto nada.

- ¿Dónde ve usted el abuso de poder?.

¿Qué tenemos que hacer ahora?. ¿Esa reunión se puede dar por nula?.

- ¿Qué se ha puesto en el acta?. Porque según usted se pusieron nerviosos y no votaron nada, por tanto, ¿Qué diferencia hay entre reunión nula y reunión vacía de contenido?.

Respecto a lo que tienen que hacer, es aclarar dichas irregularidades, porque como usted dijo, no se voto nada.

3.-¿Es legal que asista un notario si la comunidad no lo ha pedido?. ¿En este caso quien asume el coste del mismo?.

Evidentemente el coste de abogados y notarios los debe pagar quien los solicitó.

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