Inmueble heredado que carece de escrituras

Mi hermano y yo hemos heredado al 50% un inmueble (trastero) de nuestros padres, que no figura inscrito en el Registro de la Propiedad, ni existe documento alguno (ni público, ni privado, de compraventa). Sí se acredita documentalmente, el correspondiente pago del IBI.

Ahora queremos enajenar esa propiedad, pero no sabemos cómo hacer sin que exista escritura de propiedad. ¿Es necesario un expediente de dominio?

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Respuesta

La propia escritura de aceptación de herencia de sus padres, les servirá para documentar su propiedad.

Le agradezco su información, pero en el Registro de la Propiedad nos dicen que debemos obtener otro tipo de documentación acreditativa, aún enseñándoles la escritura de aceptación de herencia. Realmente no sabemos qué hacer, la adquisición del inmueble data de hace más de 50 años.

Sin conocer datos concretos es complicado.

Usted puede encontrarse en alguno de estos casos:

1.- Que la finca estuviera inscrita en el Registro y que los titulares que en ella aparezca sean quienes fueren propietarios hace cincuenta años, en tal caso tendrán que reanudar tracto.

2.- Que la finca no estuviere inscrita, en tal caso tienen que inmatricularla, es decir acceder por primera vez al Registro. Las formulas para esto ultimo son variadas.

Le aconsejo acuda a un profesional.

Abogado y exopositor Registro de la Propiedad.

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