Duda sobre donación intervivos

Quería hacerle una consulta. Resulta que recibí una donación de mi padre hace tiempo y no la declaré a hacienda por desconocimiento. Quería preguntarle lo siguiente:

- 1. Si yo puedo declarar esa donación en la siguiente declaración de la renta que haga en 2015 con el programa PADRE.

- 2. Si además de declararlo en la próxima campaña necesitaría rellenar el modelo 651 de la AEAT.

- 3. Si el declarar esa donación en la próxima campaña implica que el donante (en este caso mi padre) se enterará que la he declarado o no (prefiero hacerlo anónimamente).

2 respuestas

Respuesta

El hecho de recibir una donación por si solo no implica la obligación de declararla en IRPF, si esa donación produce beneficios deberá declararlos

Perdón, no había dado los detalles necesarios para responder a la pregunta. Se trata de una donación de dinero, es decir,con beneficio. Luego entonces...

-  ¿puedo declarar esa donación en la siguiente declaración de la renta que haga en 2015 con el programa PADRE?.

- ¿necesitaría además rellenar el modelo 651 de la AEAT?.

- ¿declarar esa donación en la próxima campaña implica que el donante se enterará de que la he declarado?.

Una donación de diero no se declara en IRPF en todo caso deberá declarar los intereses que le produzca ese dinero

Entonces entiendo que no cometí ninguna infracción al no declarar esa donación de mi padre no?

Tal como lo relata, no Cometió ninguna infracción

Entonces, ahora que estoy mirando en foros, lo que si debí haber hecho que no hice fue pagar el impuesto de sucesiones.

Si lo declarase ahora...¿Tendría qué hacer yo la liquidación y pagarlo junto con el recargo y los intereses? O ¿Yo pago la cantidad que debí haber pagado entonces y ya es hacienda la que me pide los recargos e intereses?

El impuesto sobre donaciones corresponde a su comunidad autónoma, tendrá que averiguar el tratamiento que corresonde a su caso

Respuesta

El impuesto de donaciones esta transferido a las comunidades autónomas, por lo tanto, es mediante el modelo de donaciones de su comunidad autónoma, como ha de declararlo.

Normalmente, además, se ha de incluir el incremento patrimonial que genera la donación en la declaración de rente de la persona que realiza la donación. Y si no se incluye, es posible, que pueda ser abierto expediente de comprobación.

Agradecemos valoración de la respuesta.

La donación de la que hablaba era solo de dinero. En ese caso según me han dicho solo hay que declararlo con el modelo del impuesto de donaciones de la comunidad autónoma y no en la declaración de la renta. ¿Es correcto?

Sin conocer el caso concreto, es complejo indicarle. Pero puede que no este obligado a declarar en la renta, en algunos casos.

Agradecemos valoración de la respuesta.

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