Donación en renta

Me gustaría que me ayudarías, en el año 2007 realice una donación a mi hijo de la vivienda porque así se me aconsejo y mi hijo pago el modelo 651 una cantidad muy pequeña, pero no me comentaron que por el valor que se le había donado puesto que era para realizar luego una hipoteca supondría una ganancia patrimonial para mi que soy su padre y ahora en la declaración de la renta 2007 me han dicho que como yo no había pagado nada, estoy obligado a declararlo como ganancia patrimonial y claro me sale una animalada a pagar ¿eso es correcto? No existe ningún tipo de reducción o deducción posible puesto que yo ya recibí una parte primero por herencia de mi madre al fallecer y posteriormente al fallecer mi padre se me adjudico la totalidad de la propiedad y ya pague un montón, ¿ahora es posible que tenga que volver a pagar más por el incremento de valor que se le ha puesto al bien?

1 respuesta

Respuesta
1
Si que debes declararlo en renta pero no debes incluir como ganancia patrimonial el valor que tu hijo declaró en el impuesto de donaciones. Lo que tienes que hacer es calcular tu ganancia patrimonial considerando como precio de venta, el valor que tu hijo le dio en el impuesto de donaciones. Es decir, si como me comentas tú lo recibiste por herencia los cálculos más o menos serán la diferencia de los valores de adquisición y de transmisión deduciendo todos los gastos que hayas pagado tanto para adquirirlo como para transmitirlo. Más o menos sería lo siguiente, te pongo importes inventados para que hagas cálculos:
Valor de adquisición= La suma de lo que se valoró el piso en los dos impuestos que pagaste al fallecer tus padres. Pej 100.000 A esto se le descuenta todos los gastos que tuviste para hacerte con el piso, impuestos por la herencia, minutas notariales de aceptación de herencia, registros etc.p ej 4000.
Tu valor de adquisición es 96.000
Este valor de adquisición se multiplica por un coeficiente en función del tiempo en que hayas tenido la propiedad, que aumentará esta cantidad, por ejemplo hasta 115.000
Valor de transmisión = valor que incluyó tu hijo en la declaración del Impuesto sobre Donaciones. Pej 15000, a lo que le debes restar todos los gastos pagados por ti al transmitir, si es que existen
El resultado es que tu ganancia patrimonial que es lo que debes incluir en la renta es de 35.000 euros.
Gracias begomtnez pero haber si te he compredido, el valor de adquisición y el valor de transmisión me has dicho que lo saque del modelo 651 del Impuesto sobre Donaciones es así y en el caso de que yo no haya pagado nada ni de notaria ni de impuesto de donaciones me tocaría declarar una ganancia patrimonial de 35000 euros, ¿pero una cosa que me me olvidaba si yo tenia hipoteca y la cancele eso cuenta como gasto o no?
Serían deducibles todos los gastos para cancelar la hipoteca, pero no la amortización de capital que forma parte del valor de lo que donas, en tanto que son necesarios para entregarlo. También lo serían aquellos que se pagaron para constituirla si fue necesaria para hacerse con el piso, p.ej para pagar una parte del piso a otro heredero. Y también las mejoras o reparaciones que hicieras en el piso siempre que conserves o puedas obtener la factura de lo gastado

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas