Me gustaría si me pudieras aclarar acerca de una denuncia que me ha puesto la guardia civil en el interior de un recinto portuario por conducir sin llevar el cinturón de seguridad, ¿tienen competencia la Guardia civil en materia de trafico en el interior de los puertos? ¿O esa materia es competencia de la Policía POrtuaria? .. La patrulla de la Guardia civil no era de trafico, sino una patrulla normal encargada del resguardo fiscal.
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Respuesta de nikomc
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nikomc, Todo lo relativo a seguridad vial y sus recursos, r
En primer lugar decirle que cualquier patrulla, independientemente de que especialidad sea, puede denunciar cualquier tipo de infracción observe, lo recoge la ley 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Sobre las competencias es Muy simple, los Agentes a través de su Unidad Orgánica remitirán la denuncia a la Jefatura Provincial de Tráfico, y si esta última observa que no tiene competencias la remitirá al organismo correspondiente que si las tenga. Hasta donde yo se, la Guardia Civil tiene competencias en todo el territorio nacional, es un Cuerpo al igual que la Policía Nacional dependiente directamente del Estado español. Las demás policías dependen de los Ayuntamientos o Comunidades Autonómicas. -
Muchas gracias por la respuesta me queda claro que una patrulla que no es de trafico me puede denunciar, Pero mi duda, es que por ejemplo la guardia civil no tiene competencias en los términos municipales, que esta están atribuidas a las policías municipales... ¿podría denunciar un g. civil en una ciudad? ¿Y en el interior de un puerto? ¿Quién tiene las competencias? ¿Es termino municipal? No seria competencia de la policía portuaria que es la que existe en los puertos (ya que la p. local no esta). Gracias.
Muchas gracias le argradezco la información y mi duda queda aclarada. Gracias
La Guardia Civil es la encargada de la seguridad en pueblos de menos de 20.000 habitantes, a parte de las disposiciones del Ministerio del Interior. También es la encargada de la vigilancia de las carreteras interurbanas, del resguardo fiscal en fronteras, puertos, aeropuertos, etc. Si en una población existe Policía Nacional tiene esta asumida las funciones de seguridad ciudadana y si existe Policía Local tiene entre otras las funciones de tráfico, pero las competencias son del Ayuntamiento en materia sancionadora. En Ayuntamientos que haya Policía Local y tenga asumidas las competencias de Tráfico, si existe la Guardia Civil también puede denunciar, solo que el trámite del expediente sancionador será a cargo de dicho Ayuntamiento... a ver si me explico, una cosa es denunciar y la otra es sancionar, denunciar lo puede hacer cualquier cuerpo policial e incluso los ciudadanos... los que sancionan son las administracciones, por ponerle un ejemplo: en materia de seguridad ciudadana son los Subdelegados del Gobierno en la provincia, medio ambiente las juntas autonómicas, por lo tanto las competencias no son tanto de las policías sino de las administracciones. Le reitero que la Guardia Civil le habrá denunciado ANTE LA JEFATURA PROVINCIAL DE TRAFICO, y si esta observa que no es competente tramitará la denuncia a quién corresponda, aunque por lo que yo se, las competencias las tiene asumidas las Jefaturas Provinciales. NO es cuestión de las policías es cuestión de las administracciones. -