¿Puedo volver a cobrar el año de paro que me queda (tenia dos) tras ser autónomo un año o dos años?

Estoy cobrando el desempleo. Tengo derecho a dos años y llevo consumido menos de uno. Ahora voy a ser autónomo al menos un año. Y, al mismo tiempo tendré un contrato de trabajo de 8 horas al mes (mes, si). El contrato es con la misma empresa a la que facturaré el trabajo realizado como autónomo. ¿Podré cobrar el paro si el negocio no funcionase correctamente? Gracias.
{"lat":43.410779363794,"lng":-8.40576171875}

1 respuesta

Respuesta
1
Si te vas a dar de alta en el RETA, como trabajador por cuenta propia tienes que solicitar en el INEM la interrupción de la prestación por desempleo, para que se paralice dicha prestación durante el tiempo que vas a estar trabajando por cuenta propia y si el trabajo como autónomo no te da resultado y decides darte de baja puedes volver a solicitar la reanudación de la prestación que interrumpiste para trabajar como autónomo por la misma cuantía que tenias antes de darte de alta en el RETA y por el tiempo que te reste por consumir siempre que no transcurran 24 meses si transcurren 24 meses o mas desde que solicitaste la interrupción de la prestación por desempleo en el INEM no te concederán la reanudación de la prestación por desempleo, espero que me haya explicado con claridad.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas