Después de 15 años me han notificado que me quitan la IPT

Esta es la conclusión para quitarme la ipt. Paciente con antecedentes de HD c6-c7 y HD l4-l5, asintomáticas en la actualidad, sin déficit funcional asociado constatado. Mejoría funcional con respecto a situación valorada anteriormente, como IPT para la profesión de conductor repartidor, realizando actualmente las de conductor, sin manejo de pesos.

La única prueba que me han realizado es una valoración Biomecánica.

Ejerzo las labores de conductor de autobús de colegios, esporádicamente, es decir 2 o 3 veces al mes y con altas en la SS por 2 horas o a media jornada como mucho. Tengo certificación de la SS para poder hacerlo ya que en su día me pidieron explicación de lo que hacía, se la remití y me contestaron que podía hacerlo. También es cierto que he estado durante 4 o 5 meses ejerciendo las labores de comercial (dado de alta en autónomos y mandada explicación de mi trabajo a la SS) pero actualmente ya no estoy.

Lo que más me indigna es la falta de (no se como explicarlo) para de la noche a la mañana quitarte todo lo que tienes sin importarles absolutamente nada, ni tu situación ni nada.

Me voy a hacer una Resonancia para demostrar mi estado actual y así poder presentar recurso a la decisión de ellos.

Me gustaría saber que opinan y si necesitaría ayuda para poder presentar el recurso que pasos tendría que llevar a cabo con vds.

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Al hilo de lo que le comentaba en otro post suyo relacionado con este tema, a la Seguridad Social (al INSS más concretamente), no le interesa tener un alto número de pensionistas pues, a mayor número de ellos, mayor número de pensiones a abonar, por lo que de vez en cuando proceden a revisar los expedientes para actuar frente a muchos pensionistas en el modo que han actuado con usted.

Evidentemente a ojos del INSS usted está perfectamente y no hay motivos para la IP. Pero ello no quiere decir que sea cierto. Como le indicaba en el otro post, si usted lleva 15 años con una IPT, por razones de consolidación de las lesiones debe estar más cerca del agravamiento que de la mejoría, a pesar de que el INSS entienda lo contrario. Que ellos aleguen mejoría no quiere decir que sea cierto, pero la cuestión es que es el pensionista quien debe mostrar la ausencia de mejoría.

Eso en lo que respecto a mi opinión sobre lo ocurrido. En cuanto a mi opinión sobre qué hacer, decirle que le aconsejo que no se piense en interponer el recurso (reclamación previa), pues nada tiene que perder. Sobre si necesitará ayuda pues evidentemente decirle que si lo hace usted sólo, el recurso carecerá de fundamentación jurídica pero se ahorrará usted dinero en un abogado. Si lo hace a través de un abogado, le costará dinero pero tendrá un recurso más armado. Eso es decisión de usted. Igualmente decirle que es correctísimo que se preparen resonancias y demás para acompañar al recurso, pero que no descuide el plazo para interponerlo, el cual es de 30 días desde que le llegó la carta, y aunque su tema puede pelearse para ganarse, en fase de recurso es complicado.

Estamos a su entera disposición para cuanto necesite.

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