Solicitud incapacidad laboral permanente por E.L.A.

A mi hermana le han diagnosticado la enfermedad Esclerosis Lateral Amiotrófica y tiene que pedir la incapacidad permanente a la Seguridad Social.
MI hermana llevaba tiempo encontrándose mal y estaba trabajando por contratos prorrogables, ella no quiso renovar y pasó al paro porque ya se encontraba sin fuerzas y le fallaban las piernas y estando en el paro le confirmaron la enfermedad, aunque se considera que la desarrolló mucho antes. En esta situación y para no tener que pasar el paro ya que no podía desplazarse pidió la baja laboral y ahora le queda como un año de paro.
Ahora ha pedido los papeles en la Seguridad Social para solicitar la incapacidad permanente y mi pregunta es :
¿Es lo mismo que le haya pasado esto estando en el paro que si estuviera trabajando?
¿La cuantía que le pudieran dar es la misma?
¿Es necesario contratar un abogado para este proceso, y si es así de que tipo?
¿Es muy caro la contratación de un abogado especialista? Mi hermana no dispone de mucho dinero.
En fin, seguro que se me olvidan cosas porque mi situación anímica no es la mejor.

3 respuestas

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1.-Es independiente.
2.- Si se considera incapacidad laboral le corresponde mayor cuantía de pensión.
3.- En principio y para la reclamación inicial, no. Pero si le deniegan la pensión o si no está de acuerdo, sí que tendrá que contratar abogado para la reclamación judicial posterior.
4.- Cada abogado cobra según cree conveniente. Puede acudir a varios que se dediquen a la materia y comparar precios y condiciones.
(Accidentes de tráfico e indemnizaciones...)
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Los abogados se contratan cuando hay problemas por medio, y este no tiene que ser el caso. Un graduado social o el personal de un sindicato pueden orientar perfectamente a su hermana para cumplimentar las gestiones con éxito. La incapacidad laboral permanente es una situación legal que otorga el derecho de percibir una cantidad de dinero mensual para el resto de la vida. El cálculo correspondiente a cuánte le corresponde cobrar a su hermana proviene de un concepto llamado "base reguladora", donde se integra todo: clase de salario o prestación, complementos salariales, si el trabajo es fijo, cuánto tiempo ha cotizado y en qué medida, índole de la prestación en su caso en concreto... Este cálculo se lo hacen en el INSS, que es una oficina en la que su hermana puede confiar. Por último, señalarle que la propia incapacidad puede variar (puede mejorar o empeorar) y por tanto es revisable la resolución administrativa que haya otorgado a su hermana el beneficio. Por lo demás, los pasos son siempre los mismos: tribunal médico, propuesta de resolución y resolución definitiva. Los profesionales del derecho laboral suelen cobrar por comisión, una vez que su hermana cobre. Estudie lo que le conviene, tras visitar la información del INSS.
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Considero que el hecho de llevar a cabo un paro, no debería perjudicarla porque se trata de un derecho del trabajador. Sin embargo estimo necesario que consulte a un abogado laboral dado que, no es mi campo específico. Esta consulta debe redirigirse a un abogado del trabajo de España (yo no pertenezco a ese país).
Por otro lado la enfermedad mencionada es suficiente para solicitar la incapacidad permanente. Sin embargo, por un problema de idioma yo estoy interpretando paro como huelga y, en este sentido estoy respondiendo. Diferente sería que paro significaría cesación en el trabajo porque, en ese caso, en regímenes de contrato, creo que la cosa sería bastante diferente.
Atentamente, María del Carmen Días

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