Derechos después de un viaje laboral

Buenas.

Trabajo en una empresa del sector de la siderometalurgia y todos los años viajamos cuatro o cinco días a Londres. Dos de estos días nos pillan siempre en fin de semana, días que normalmente ningún miembro de la empresa trabaja. Además, la vuelta (este año) es un martes con llegada a las 21.30h al aeropuerto de Barcelona, con lo que con desplazamientos hasta mi casa podría estar llegando sobre las 23.00h aproximadamente a mi domicilio teniendo que reanudar mi jornada laboral en mi puesto habitual el miércoles a las siete de la mañana.Mi principal preocupación es el tiempo de descanso entre jornadas. Tengo entendido que debe haber un mínimo de doce horas entre desplazamiento e inicio de la nueva jornada, pero no estoy seguro. Además de esto, me interesaría saber que me corresponde por trabajar el fin de semana. Normalmente nos dan dos días de fiesta adicionales, pero a mi entender deberían darnos algo más por no formar parte de nuestra jornada laboral habitual.

Gracias por resolver mis dudas.

Un saludo.

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Estas cuestiones deben estar contempladas en el convenio colectivo de la empresa, en caso de que no exista, debe consultar con el responsable sindical de su empresa y comprobar que dice al respecto el convenio colectivo del sector.

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Gestión de impagados:

Pues con el convenio delante, no veo ninguna mención respecto a lo citado con anterioridad. ¿Puede ser que no aplique ningún tipo de normativa/regulación?

En el convenio debe constar el precio de la hora extra en festivos.

En cuanto al periodo de descanso, si no figura nada expreso, son 12 horas como mínimo

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