Duda sobre la distribución de un producto extranje

Buenos días,
En Octubre de 2004 cree mi propia empresa, una S.L.u., dedicándome a la comercialización ve varios productos para la industria. A mediados de 2005, una empresa americana contactó conmigo y se interesó por mi para que comercializara su producto, un software industrial. En principio ellos me sugirieron abrir una comercial, filial de su compañía en España y que yo fuera quien la liderara. Yo les sugerí, por sencillez, aprovechar mi infraestructura de manera que comercialmente mantuviéramos su nombre. Por ejemplo, si ellos se llaman EMPRESA INCORPORATION, en España, mi empresa, de cara a las oferta y difusión de productos, tarjetas de visita, etc.. Figuraría EMPRESA ESPAÑA, aunque luego facturara a loo clerote con mi nombre registrado.
El acuerdo al que llegamos fue ese, de manera que todos los meses, mi empresa les facturaba todos los gastos de infraestructura: alquiler de oficina, telefonía, Internet, salario (pactado con ellos previamente). Esto no se recogió en ningún contrato, fue un "Pacto entre Caballeros". Error por mi parte. Yo lo pedí al principio pero el paso del tiempo y la buena relación que mantenía con ellos no me hicieron insistir más en ello.
El 100% de las ventas retornaban a al empresa americana. Ellos emitían una factura con un importe exactamente igual al que el cliente nos había pagado y asunto concluido
En Enero de 2007 tuvimos la necesidad de contratar a una persona para dar un soporte técnico al producto. Ellos fijaron el salario y yo me limité a contratarlo para mi empresa. Dándole de alta en el régimen de General de la Seguridad Social. La empresa americana, siguió pagando todos los costes: salarios, seguridad social, gastos de desplazamientos, etc...
A mediados de 2009 la Empresa americana desdió dejar de financiar nuestra actividad y me envió, esta vez si, un contrato en el que se acordaba que éramos su distribuidor y un plan de comisiones por venta.
Con el tiempo y con la crisis, me he dado cuenta de cuán estúpido e inexperto he sido, puesto que he asumido que me correspondía hacer frente el coste de mi empleado que tuve que contratar por la imposición de mi proveedor.
Mi pregunta es, ¿tengo alguna posibilidad de recuperar parte del dinero que he invertido con mi empleado?
Muchas gracias y un cordial saludo
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Usted se encuentra en una situación un tanto complicada, pues ahora es una distribuidora de una empresa, que por lo que parece es su único proveedor y depende de ella, lo que le ha forzado a aceptar ciertas condiciones y sin hacerlo previamente por escrito...
El empleado es suyo y legalmente no puede recuperar nada.
Aunque le recomendamos se ponga en manos de un abogado especializado, que le ayude y estudie toda la documentación, así como en posibles negociaciones con esta empresa americana o a reestructurar su empresa.
Ademas, ha de tener en cuenta muchísima normativa, nacional e internacional, que por su forma de actuar, no parece haya tenido en cuenta, especialmente con empresas americanas y la especial legislación anglosajona. Incluso puede llegar a tener problemas con las operaciones vinculadas y la Agencia Tributaria, por su forma de trabajar durante años...
Le volvemos a recomendar que se ponga en manos de un especialista. Si lo desea puede encontrar información de contacto en nuestra web http://www.abogadosedo.es/Contacto.html, trabajamos con empresas en toda España y temos experiencia con grupos multinacionales de tecnología.
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