Extinción de condominio

Hola y gracias de antemano por la atención. Resulta que mi novio y yo nos compramos un piso de VPO y nos dan las llaves en septiembre (o incluso se puede adelantar a la primera de agosto). Pedimos la subvención con nuestras rentas del 2003 y nos concedieron la máxima. Ahora nos hemos peleado y no sabemos bien lo que hacer. Nos han dicho en vivienda que firmemos los dos y luego pidamos una extinción de condominio y que el otro podrá pedir nuevamente ayudas. Pero a mí me gustaría poder solucionarlo sin tener que firmar los dos. Quisiera saber si se puede pedir la extinción de condominio antes de firmar y si revisan la renta del que se va a quedar la vivienda o, al estar concedida la ayuda, ya no la revisan. Muchas gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1
Estimada amiga: Lo mejor es esperar a la firma y luego solicitan la extinción del condominio, así el otro interesado puede solicitar su ayuda individual y tu le pedirán el dinero que invertiste en el inmueble. Pero así es mejor ya que posiblemente un abogado consiga hacerlo rápido pero les costará dinero y tiempo en trámites. Recibe un saludo y si necesitas algo más siempre estaré por aquí para ayudarte con muchísimo gusto.
Muchas gracias por la aclaración. Entonces, el firmar uno sólo y pedir la extinción de condominio antes no es una opción viable, ¿no?
No es viable, ya que los dos son los propietarios y sólo después de la firma pueden dividir el inmueble. Recibe un saludo y si necesitas algo más siempre estaré por aquí para ayudarte con muchísimo gusto
Ahh, ya entiendo. Entonces, la extinción de condominio se hace del inmueble, no se puede hacer de la ayuda (como ya está pedida a nombre de los dos) y poner el piso sólo a nombre de uno. Qué pesada que soy, perdona.
Estimada amiga: Yo te recomendaría que ambos firmaran y que recibieran la ayuda y luego dividieran por parte iguales lo que les costó el inmueble y la ayuda, a ti te servirá en el futuro y así los dos están beneficiados por igual y luego de esto el pondrá el piso a su nombre ya que te habría cancelado tu parte, es lo mejor ya verás. Recibe un saludo y si necesitas algo más siempre estaré por aquí para ayudarte con muchísimo gusto.
Vale. Entonces firmamos los dos, pedimos una extinción de condominio y uno de los dos se queda con la vivienda. La ayuda íntegra se la queda el que se queda con el piso (¿le revisarían según la renta que tiene ahora?) Y el otro puede volver a pedir otra ayuda con el piso que se compre. Por lo tanto, ¿el qué se queda con el piso también le tiene que dar la mitad de la ayuda que va a recibir? Es que tengo muchas dudas, pero por lo menos ya me has aclarado lo de que hay que firmar juntos. Gracias.
Estimada amiga: Si, lo ideal es que la persona que se queda con el piso reciba la ayuda completa y te devuelva la mitad del valor del costo del inmueble y la mitad de la ayuda, ya fue pedida a nombre de los dos, ya que luego tu al adquirir tu piso en el futuro podrían negártela pues te dirían que te la dieron anteriormente, pero entonces tu tendrían la mitad que te quedó del inmueble anterior. De todos modos la pedirías, ya que igual podrían dártela al decir que ese inmueble lo dividieron y ahora no tienes piso y vas a adquirir uno, pero por eso te digo que reclames esa mitad, por si no te dieran esa ayuda en el futuro, por lo menos tienes la mitad. Recibe un saludo y si necesitas algo más siempre estaré por aquí para ayudarte con muchísimo gusto.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas