Prorrata de iva

A raíz de la resolución de la comunidad europea anulando la prorrata de iva cuando hay subvenciones y tras la resolución 2/2005 Hacienda, ¿Cuál es el procedimiento práctico a seguir para regularizar el iva no deducido? ¿Se debe hacer una solicitud de ingresos indebidos o se puede poner como iva soportado en una próxima liquidación de iva?

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Ambas son válidas
A tener en cuenta que si se sigue la vía de la devolución de ingresos indebidos estos llevan intereses de demora a favor del contribuyente.
Por otra parte, si el IVA soportado no deducido en su día se declaró como gasto en el IS o en el IRPF, ahora debe declararse como ingreso extraordinario, cuando se obtenga la devolución del mismo. Recibe un saludo y si necesitas algo más siempre estaré por aquí para ayudarte con muchísimo gusto.

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