Responsabilidad de socios trabajadores en sociedad laboral

Soy ex trabajador de una empresa que acabo en quiebra y ahora unos ex directivos junto con un sindicato quieren crear una sociedad laboral limitada para en meses convertirse en anónima laboral. Piden a cada uno 6000 euros y la información que ofrecen brilla por su ausencia y todo color de rosas por lo que muchos están colando sin mas información que la que aportan los interesados. Como la junta de andalucia es la principal acreedora le han ofrecido comprar la empresa por 37 millones de euros en 13 años a cargo de la sociedad. Se que la ley dice que la responsabilidad de socios trabajadores se limita al capital apartado. Pero me gustaría saber en que supuestos el socio trabajador puede ser responsable en la gestión de los administradores porque estos exdirectivos fueron cesados en la anterior empresa supuestamente por falsear cuentas y hay algo que no me huele bien. Hablo de la empresa isofoton.

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Desconozco el historial de lo que pueda haber ocurrido en esa empresa, pero le puedo responder a su pregunta de forma rotunda: los socios no responden en ningún caso de nada, los socios, en el peor de los casos, perderán el dinero o los bienes aportados al capital de la sociedad. Evidentemente, si un socio decide cometer un acto delictivo en connivencia con un administrador, podrá acabar siendo responsable, pero lo será por sus propios actos, no por los de los demás.

Gracias por su respuesta. Pero leí que hay una doctrina jurisprudencial llamada levantamiento de velo donde según supuestos la responsabilidad sí que se puede derivar en socios. Luego le quiero comentar otro supuesto. Una empresa va mal por cuales quieran que sea los motivos y el consejo de administración para evitar el cierre o responder ante las deudas obliga a los socios a hacer una ampliación de capital.¿ es eso posible?.

Gracias de nuevo por su atención.

La doctrina del levantamiento del velo no se utiliza exactamente para derivar responsabilidad a los socios, salvo que la constitución de la sociedad haya sido un medio fraudulento para evitar otras obligaciones. No creo que sea este su caso.

Respecto a la ampliación de capital, es una forma de conseguir financiación con cargo a los socios, eso es evidente. Ahora bien, nadie puede "obligar" a un socio a aportar más capital. Si el resto lo hacen y un socio no lo hace, el efecto es ver reducido su tanto por ciento en el capital de esa sociedad.

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