Sociedad abogados, acuerdo de compra

Mi padre falleció hace 4 años, trabajaba en un bufete con 4 abogados más.
Los abogados son dueños del edificio donde esta su despacho, ¿cada socio está pagando una hipoteca por este edificio de 1.000? Mensuales, mi hermano y yo hemos heredado el 20% correspondiente a nuestro padre.
Los abogados del bufete tienen un acuerdo por el cual, al entrar un nuevo socio compra la parte (20%) del socio saliente. El nuevo socio N, ¿ha estado pagando la hipoteca todos estos años pero no ha comprado nuestra parte 50.000? Aproximadamente en la última tasación (de eso hace 4 años, así que el valor actual sería bastante menor).
He hablado con el socio de mayor antigüedad, un par de veces y ha sido muy ambiguo, mi hermano trabaja en ese mismo despacho y no es capaz de gestionar el tema, me gustaría terminar con este bloqueo, las únicas "pruebas" que tengo son: una carta en la cual se comprometen a hacer efectiva la compra y la tasación que venia con ella, no se si mandarle al cobrador del frac, presionarle con ir a los tribunales (donde acabaría gastando mucho dinero), o como insistir en que cumplan su compromiso de comprar el 20%.
También hay un abogado que salió del bufete y todavía el nuevo socio no se ha hecho cargo de comprar su parte, he hablado con el y no ha tenido ninguna noticia del despacho desde que salió de allí.
¿Qué puede hacer para que se cumpla el acuerdo?, también hay que tener en cuenta que mi hermano sigue trabajando para el despacho y los socios son los antiguos colegas de nuestro padre.

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Lo único que se puede hacer es tomar nota de todas las apreciaciones, establecer los medios de prueba y de acuerdo a la legislación vigente ver cuales son las opciones judiciales para posteriormente forzar acuerdos mediante laudo arbitral (y más teniendo en cuenta que es un buffette de abogados compañeros).
Si deseas que estudiemos el caso ponte en contacto con nosotros. Cobramos 200 euros de provisión de fondos para realizar el estudio que finalmente se devengan del total de honorarios si se lleva a cabo el procedimiento ya sea judicial o arbitral o quedan como meros honorarios de servicios en caso de que finalmente se decida a no oponer demanda o negociación.
Buenas noches Feiner:
Muchas gracias por tu respuesta. De momento este asunto tendré que dejarlo aparcado.
Me ha sido muy útil su respuesta, un saludo.
(xxxxxx)

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