¿Se puede no repartir beneficios para evitar la tributación?

¿Se puede no repartir beneficios para evitar la tributación?, ¿puede el socio disponer de ese dinero a efectos prácticos y en teoría tenerlos en la sociedad?

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Se puede pero, inevitablemente, antes o después tendrá que tributar al pasar a su patrimonio como persona física. No obstante, puede ir adquiriendo estos rendimientos poco a poco, disfrutando la exención anual de los 1.500 €.

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