Indemnización Administrador de S.L.

Un administrador (no socio) de una S.L., que presta sus servicios en la misma y cobra nómina aunque cotiza como autónomo por imperativo de la S.S., debe de dejar su trabajo porque esta sociedad va a cerrar por cese de actividad. En su contrato y en las actas de la Sociedad se le reconoce que debe de cobrar una indemnización de 45 días por año trabajado como cualquier otro trabajador, pero ¿Está exenta esta indemnización de tributar en el IRPF?
Respuesta
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Mediante consultas vinculantes realizadas a la Dirección General de Tributos, se establece que las indemnizaciones por cese en los contratos de autónomos tienen que tributar como rendimientos de actividades económicas y que no son equiparables a las indemnizaciones fijadas por el Estatuto de los Trabajadores, como lugar de origen que da derecho a la exención por tributación en dichas indemnizaciones.
Es necesario que el ejecutivo contemple esta exención al menos al mismo nivel de cuantía que fija el Estatuto de los Trabajadores, que para el caso del régimen general se fija en 45 días por año trabajado. Pero curiosamente, sobre esta exención nadie habla ni nadie la reclama, por lo que no se puede perder de vista si se recibe a efectos de IRPF.
Entonces, según me parece entender de tu respuesta, la indemnización, aunque consta en mi contrato que tengo derecho a percibirla a razón de 45 días por año trabajado, estaría sujeta a retención y en todo caso, podría considerarla como REnta Irregular, puesto que ha sido devengada en función de los muchos años que llevo trabajando en esta empresa.
Si en el contrato hubiese puesto que estaba exenta, supongo que lo que quieres decir es que tendría derecho a percibir el liquido de forma íntegra, pero de igual manera, la Sociedd debería de haber cotizado el IRPF por mi.
Si puedes, re rogaría me aclares estas dos dudas que me quedan.
El contrato no se puede pronuncia a efectos fiscales, mi segundo párrafo es sólo una opinión de lo que debería hacer el gobierno, supongo que sí esta sujeta a retención y me parece un poco forzado que sea renta irregular pero es defendible.

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