Deducción IVA soportado

Hola, me han urbanizado un terreno que tenía junto con mis hermanos. He pagado los gastos de la urbanización y dispongo de las facturas a mi nombre. Me comentaron que podía desgravarme el Iva soportado y me di de alta en el modelo 037 como agente urbanizador. A final de año solicite la devolución de todo el IVa soportado( yo había presentado trimestralmente mis autoliquidaciones del IVA). Como había finalizado la urbanización me di de baja en el censo pues ya no iba a soportar más IVa hasta el momento en que se produzca la venta.
Ahora Hacienda me ha contestado que no soy sujeto pasivo del IVa según el art.5 de la ley del IVa. Que tengo que demostrar que los soy aportando las facturas correspondientes(que ya lo he hecho) así como demostrar con medios objetivos la finalidad que es la venta de la parcela.
¿Qué opinas del proceso realizado?.
¿De qué forma podría demostrar que voy a vender la parcela?. (Por ejemplo aportando un papel de una inmobiliaria como que la he puesto a la venta ¿sería suficiente?). A todo eso es necesario que la venda pues yo sólo tengo una parte de la parcela y con los metros que dispongo según le ley de urbanización yo no puedo construir en esa parcela. Pero no te lo pierdas, a la gente que tiene copropiedad conmigo le han devuelto el IVa ¿Qué opinas?
¿Existe algún plazo máximo para vender la parcela? Pues la situación ahora no es demasiado favorable para la venta.
Bueno, de antemano muchas gracias pues las opiniones que facilitáis ya me han ayudado en otras ocasiones. Gracias

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Opino que no tendrías que haberte dado de baja en el censo de empresarios. Puedes aportar todos los medios de prueba adminitidos en Derecho: anuncios de prensa por ejemplo.
Me di de baja del censo porque así no realizaba cada trimestre la autoliquidación, ya que no tengo iva soportado y no sé cuanto puede tardar la venta. ¿Crees qué me puede ocasionar esto un problema?. ¿Cómo podría enmendarlo?. Yo pensaba darme de alta cuando vaya a realizar la venta declarando el IVA repercutido.
Gracias.
Tendría que estudiar su caso en profundidad: tendría que ver los papeles.
Dime qué tipo de datos te hacen falta o son esenciales y te los facilitaré. Yo me di de alta en el 2008 presente las declaraciones trimestrales y a finales del 2008 me dí de baja pues ya había acabado la urbanización, con lo cual ya se había soportado todo el Iva. En Enero del 2009 solicite la devolución, junto la liquidación del 4º trimestre.
Primero me pedían los libros de facturas (cosa que aporté) y decían que el alcance era la comprobación de dichos libros. También me pedían que justificará el carácter deducible del IVA así como la acreditación de "elementos objetivos que confirmen la intención de destinar a la realización de actividades empresariales las adquisiciones de bienes efectuadas con anterioridad al inicio de la realización de entregas de bienes o prestaciones de servicios." Yo creo que en lo señalado entre comillas estriba la questión pues ahí yo no aporte nada.
Luego me contestan que no soy sujeto pasivo según el art.5 y 84 de la ley37/92 y que por lo tanto no debía haber presentado ni el resumen anual ni las autoliquidaciones del IVA (según art.164 de la ley 37/92 y 71 del RD 1624/92).
¿Qué opinas? ¿Qué aportarías tú?. Yo he pensado de aportar un papel de la inmobiliaria donde la parcela está disponible para venderla.
Gracias
Necesitaría que me dieras copia de todo.
En este momento no dispongo de los papeles para facilitártelos. Simplemente me gustaría que me dijeras qué opinas de todo este proceso y si realmente he hecho algo incorrecto si podría hacer algo para rectificar. Porque a mi me han comentado que un error formal no tiene porque invalidar la devolución de ese IVA que realmente me pertenece aunque también es verdad que a lo mejor me hacen llegar hasta el final.
La verdad es que el IVA es un impuesto que da mucha importancia a las cuestiones formales.
Para opinar, tengo que ver lo papeles. La experiencia me dice que una cosa es lo que te cuenta el cliente, y otra, lo que refleja los papeles.
Hoy he ido a Hacienda a preguntar a ver porque me deniegan esa devolución y me han dicho porque me dí de baja a finales de año 2008. Mi pregunta es ¿existe alguna posibilidad de que pueda enmendar ese error? Por ejemplo darme de alta ahora con fecha de inicio (la que me di de baja) y entregar las dos autoliquidaciones que no he entregado hasta ahora.?
¿Qué otra solución podría tener?. Pues se trata de una cuestión puramente formal y no tendría porque perder ese dinero.
A partir de ahora, deje esos temas a un asesor fiscal.

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