Transmisión Patrimonial Onerosa

Hola, en el 2007 compramos un piso mi novio y yo. La escritura de compra esta a nombre de los dos (40%-60%) pero la hipoteca solo esta a mi nombre ya que el banco solo me concedía la operación a mi (él tenía otra hipoteca y otro préstamo personal). Ahora, mi novio quiere entrar a formar parte de la hipoteca y el banco nos esta preparando la operación como una novación de hipoteca (ampliar un titular). La gestoría que nos prepara todo nos ha dicho que el año que viene Hacienda puede considerar esto como Asunción de Deuda por una Transmisión Patrimonial Onerosa reclamándonos un 7% del valor de la hipoteca. Yo no entiendo muy bien este concepto pero el caso es que si seguimos adelante con la operación deberemos firmar un documento eximiendo de toda responsabilidad a la gestoría ¿Es esto verdad? ¿Nos puede reclamar Hacienda el año que viene? Si es cierto, ¿qué otras opciones tenemos?
Muchas gracias por vuestra ayuda. Saludos

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En mi vida he visto nada igual (firmar un papel de extinción de responsabilidad)... se lo digo yo eso a mis clientes y se parten de risa
Vamos a ver.. no te compliques la vida porque hay innumerables consultas del INFORMA y de la dirección general de tributos que indican que si tu puedes demostrar que tu novio participa en el pago de la hipoteca con cualquier medio de prueba admitido en derecho (por ejemplo lo más fácil que todos los meses te haga una transferencia de una cuenta que este a su nombre a una cuenta que este al tuyo por el 40% del préstamo que esta a tu nombre sería más que suficiente)
Por darle más seguridad al tema haced un contrato privado entre los dos en los cuales manifestáis este tema (es decir un compromiso por parte de tu novio de participar en el 40% del pago del préstamo en función de su titularidad), y luego mandadlo por burofax en correos para que quede constancia de la fecha de firma
Con esto... no tenéis que hacer ni novaciones ni gaitas ni asunciones de Hacienda (que no os líen la cabez la gestoría)
Hola mmmzzzmmm,
Muchas gracias por ayudarme! Lo que comentas puede ser una solución pero, ¿a quién mandamos el burofax por correos?
Entonces, si lo hacemos como teníamos pensado, ¿si qué Hacienda no puede reclamar algo?
Bueno, probablemente elegiremos tu opción pero, de cara a las declaraciones de renta, ¿él se puede aplicar las deducciones por vivienda? ¿En qué porcentaje? ¿En el suyo (40%)?
Muchas gracias de nuevo por dedicar tu tiempo a ayudar a los demás.
Saludos,

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