Seguro decenal

Alguien pregunto algo sobre este tema pero no acabé de tenerlo claro. En mi caso vamos a construir una vivienda unifamiliar (un chalet)
No entiendo porqué debe pagar lo mismo un promotor que hace un edificio para vender los pisos, que una familia que se hace una casa particular ¿por qué?, ¿Por qué es obligatorio?,¿En qué repercute posteriormente si no se realiza al mismo tiempo que el proyecto de obra? ¿Quién lo hace exactamente? ¿Qué podría costar para una vivienda unifamiliar?
Gracias.

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Bien, a veces las leyes no son equitativas y evidentemente un edificio de viviendas, con carácter mercantil, no es lo mismo que una vivienda particular, pero la Ley de Ordenación de la Edificación no hace distinciones.
Es obligatorio, y si no lo hacéis no podréis hacer inscripción alguna en el Registro de la Propiedad (edificación de obra nueva, venta o transmisión de la casa el día de mañana...).
El seguro decenal debe estar cubierto por una compañía de seguros, y en cuanto al coste, os podríamos hacer un estudio, siempre y cuando nos hicierais llegar la siguiente documentación: Informe de definición del riesgo realizado por un Organismo Técnico de Control, Memoria de obra, presupuesto de ejecución y el informe geotécnico ( la mayoría de ellos está incluido por el arquitecto en la memoria).
Primeramente, queremos agradecer su atención.
Pero, todavía nos queda algo por aclarar. Después de leer la ley correspondiente a este seguro, me ha parecido entender que no es necesario hacer este seguro desde proyecto, es decir, antes de la construcción de la vivienda. Pienso que no tiene sentido asegurar algo que todavía no está hecho, por eso mi pregunta ahora es:
¿Cuándo exactamente hay que hacer este seguro? ¿Se puede hacer inmediatamente antes inscribir la vivienda en el registro de la propiedad?
Efectivamente se puede realizar el seguro antes de inscribir la vivienda en el Registro de la Propiedad pero debe ser inmediatamente ya que luego no encontraríais compañía aseguradora que quisiera cubriros el riesgo ya que la memoria y los proyectos técnicos tienen que ser actualizados; por lo que si lo hicierais con varios años de retraso deberíais realizar nuevos proyectos con el consiguiente gasto económico.
Es posible que parezca un poco pesada, pero este tema es demasiado complejo y no hay forma de tenerlo claro.
Ahora, hemos oído, que se pude prescindir de este seguro, que el registrador, registra la vivienda, añadiendo una cláusa que no se puede vender hasta pasados 10 años ¿es cierto? GRACIAS
¿Sólo un poco pesada? Es broma.
Efectivamente el registrador se lava las manos y realiza la inscripción pero esto no os exime de cualquier responsabilidad que pueda ocurrir durante diez años.
No sé si vale la pena arriesgaros por una cantidad económica.
Cualquier defecto de construcción que pudiera ocasionar un accidente a cualquier vecino o amigos que estuvieran en vuestra casa, os puede perjudicar más económicamente que la cantidad del seguro que podáis contratar ahora.
Creemos que vale la pena dormir tranquilos. Si podéis construiros una vivienda que vuestro trabajo os ha costado no juguéis al límite por una pequeña cantidad, ya que nunca se sabe lo que puede ocurrir en un segundo; pues imaginaros en diez años.
Daré estas preguntas por finalizadas, pero no descarto la opción de que pueda seguir preguntando algo más sobre este tema tan confuso para mi, ya que no se trata de un PEQUEÑA cantidad de dinero. Muchísimas gracias por su atención y espero poder seguir en contacto con "ustedes". GRACIAS. Un saludo. Marisol.

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