Agente Comercial de Empresa Exporta No Comunitaria

Y Buenos Días
Agente comercial por cuenta propia (Epígrafe 631 de IAE), establecido en España, genera factura en concepto de comisiones por mediación en las ventas realizadas en España de los productos comercializados por una empresa NO COMUNITARIA a empresas españolas. La empresa NO COMUNITARIA, no está establecida en España ni en la U.E.
La misión del Agente Comercial es averiguar las necesidades de los clientes españoles y ofertarles a nombre de la empresa NO COMUNITARIA.
Los clientes españoles pasan el pedido de compra a la empresa NO COMUNITARIA, y la misma es quien realiza la entrega, factura y cobra la operación.
El cliente español es quien realiza la importación a su costa.
El Agente comercial no interviene para nada en la importación.
¿Debe el Agente Comercial aplicar IVA a la factura que genera a la empresa NO COMUNITARIA?

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El artº 70 uno de la Ley 37/1192 y el artº 21.6 de la misma Ley, establecen que Si la mediación se considera realizadaen territoria de aplicación del iva expañol, estará exenta al ser una prestación de servicios realizada por un intermedirario( Tu) que actúa en nombre y por cuenta de terceros interviniendo en la exportación.
Es decir NO TIENES QUE REPERCUTIR EL IVA.
Un saludo. FULMA

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