Liquidación extemporánea iae

Hola, me gustaría saber si se puede recurrir una liquidación de iae del periodo 2003 notificada en marzo del 2005. Ya tengo en cuenta que no han transcurrido 4 años (preinscripción)
Respuesta
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Es que la exención del pago de IAE esta recogida para aquellas empresas cuya cifra de negocio sea inferior al millón de euros, si superas dicho limite pierdes el derecho a la exención debiendo comunicar la perdida del derecho y tendrías que pagar, lo siento pero la verdad por lo que me cuentas no creo que tengas nada que hacer, lo que te comento esta recogido en el art.82 de la ley de Haciendas Locales Real Decreto Legislativo 2/2004.
¿Me podrías decir que puedo alegar en el recurso si la actividad de dicha sociedad comenzó en el 98 y la cifra de negocio del 2001 supera el millón de? Gracias
Por supuesto que puedes recurrir la liquidación. Ahora bien he de comentarte una cosa ¿es una liquidación de IAE del 2003 de una empresa que se dio de alta en el 2002? Por que si es así me temo que no tienes nada que hacer, ya que esa liquidación de IAE se produjo por un vacío legal, veras si se dio de alta en el 2002, para elaborar la liquidación de IAE del año 2003 se tomaría la liquidación del impuesto de sociedades del 2001, al no existir dicha declaración por no estar obligado a presentarla no existe la cifra neta de negocio que provoca la exención del IAE es por ello que se produce la liquidación de dicho impuesto y estarías obligado al pago.

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