Excedencia por cuidado de menor y reincorporación

Estoy en excedencia por cuidado de menor segundo año. He solicitado una prorroga de un año, han pasado ya cuatro meses, pero quiero pedir una reincorporación con antelación un mes. ¿Si la empresa me da respuesta negativa que no me pueden readmitir o que no hay vacantes que tengo que hacer? ¿Voy a tener derecho al paro o tengo que esperar hasta el fin de la excedencia que he pedido?

Respuesta
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La excedencia por cuidado de un hijo menor de 3 años, tiene una duración máxima de 3 años y únicamente se conserva el derecho a reserva de puesto de trabajo durante el 1r año de la excedencia, a partir del 1r año únicamente se conserva un derecho preferente al reingreso en el mismo puesto o en un puesto similar de la misma categoría profesional.

Si usted solicitó una prórroga de la excedencia de 1 año y pasados 4 meses desea reincorporarse tendrá que negociarlo con la empresa, ya que no tiene obligación de reincorporarla con antelación a la finalización de la excedencia que usted solicitó. Si la empresa no quiere reincorporarla y la "obliga" a hacer el resto de la excedencia que le queda, una vez finalizada tendrá un derecho preferente a reincorporarse a la empresa, aunque no es un derecho absoluto, únicamente es en caso de que haya vacantes disponibles.

Al solicitar una excedencia, una vez finalizada ésta si no hay posibilidad de volver a la empresa no se tiene derecho al desempleo, a menos, que tras la excedencia o durante ella haya trabajado en otra empresa y cumple los requisitos para el desempleo.

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