Despido

Hola, me acaban de despedir estando embarazada de 7 meses. Salgo de cuentas a principios de noviembre, el despido, es procedente, vamos a solicitar un acto de conciliación, pero no llegaremos a juicio. Mi duda es la siguiente. En Febrero, me quedaban dos meses de paro (los cuales tengo acumulados) en la empresa empecé a trabajar el 22 de Febrero y me han despedido hoy día 31 de agosto. ¿Me siguen quedando dos meses de paro? ¿O tengo alguno más? ¿Y el día que de a luz tengo derecho a baja por maternidad pagada por la seguridad social? Sé que sí en el caso de tener paro, pero a mí me quedaría poco, entonces no sé si la baja acabaría cuando se me acabara el paro o podría seguir cobrándola hasta las 16 semanas.
Respuesta
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Si está cobrando una prestación contributiva y comienza a trabajar por cuenta ajena a tiempo completo se interrumpe el pago de la prestación y:
Si el contrato dura menos de 360 días, cuando finalice puede solicitar la reanudación de la prestación que interrumpió antes de empezar el trabajo.
Si el contrato dura 360 días o más tiempo, cuando finalice puede elegir entre dos posibilidades: volver a cobrar la prestación que interrumpió antes de empezar el trabajo o solicitar una nueva prestación contributiva.
Cuando el derecho a la prestación se extinga por realizar un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses y se reconozca una nueva prestación por desempleo sin haber agotado la prestación anterior, el trabajador podrá optar, por escrito y en el plazo de 10 días desde el reconocimiento de la prestación, entre reabrir el derecho inicial por el periodo que le restaba y las bases, porcentaje y topes que le correspondían o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas.
Si el trabajador opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que ha optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior. Por lo tanto solo te corresponderán los dos meses que te quedan de la, m prestación anterior.. y por supuesto que cuando des a luz tienes derecho a la baja por maternidad porque seguirás estando dada de alta en la seguridad social, y una vez que termines la baja por maternidad tienes 15 días para solicitar el subsidio de desempleo que te corresponde por haber agotado una prestación contributiva.. animo y buena suerte.. un saludo.. josbian..

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