Indemnización por despido y horas extras

Posiblemente la empresa en la que trabajo me despida pues llevo un año trabajando sin cobrar ninguna hora extraordinaria y son más de 200 horas las que me debe la empresa, por lo que me he negado a hacer horas extraordinarias y por tanto me despedirán. ¿Qué hago si el finiquito esta bien pero siguen sin pagarme las horas? ¿Se puede pedir el paro aun cuando tengas una reclamación por cantidades? ¿Firmo el finiquito, arreglo el paro y luego puedo pedir un juicio por reclamación de cantidades?

1 Respuesta

Respuesta
1
Las horas extras, como tales horas extras, están prohibidas por ley, aun sabiendo que se realizan, y dependiendo de los sectores, más todavía.
Ahora bien dicho esto, que pasa con tus horas extras, en primer lugar para reclamarlas, tienes que demostrar que las realizaste, como, bueno tu sabrás si tienes partes de trabajo, o algún documento que acredite, que realmente las realizaste, no estoy negando en ningún momento, que no sea así, que tu realmente, las has trabajado, pero, tengo la obligación de decírtelo así, tienes que demostrar, que las horas extras, las has trabajado, si puedes adelante, cuando llegue el momento, reclamalas.
Cuando seria ese momento, cuanto antes, ya que dices que estas así un año, y esto como los yogoures, caducan, tienen fecha de caducidad.
Para cualquier reclamación de cantidades tienes un año, desde el momento que se incurrió en el pago, esto que significa, que si estamos en enero, solo podrás reclamar las cantidades que te deban, desde el mes de febrero del año pasado, no más.
Yo te recomendaría, que antes de firmar el finiquito, trates de aclararlo con la empresa, pero no se porque me da que la empresa, se esta haciendo la loca, para no pagarte las horas extras.
Si no estas de acuerdo con el finiquito, o con cualquier otra cantidad que la empresa te proponga, siempre tienes la posibilidad de reclamarlo, mediante demanda, en el juzgado de lo social.
Por otra parte, la empresa no te facilitara, la documentación pertinente para la tramitación del paro, hasta que no le firmes el finiquito y demás papeles.
Si esto sucede, no te preocupes por el desempleo, aun teniendo los 15 días para tramitarlo, porque si interpones demanda, el tiempo no se cuenta, hasta que no se tiene resolución firme del juzgado, o haya acuerdo ratificado por el mismo.
Cuando decidas terminar.
Muchas gracias. Te iré informando como me va el tema, porque no lo veo nada bien, sobre todo en lo relativo a las horas extras. Las horas si que las puedo demostrar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas