¿Cobro? ¿No cobro?

Buenos días y un saludo ante todo.mi problema es el siguiente, mi marido esta trabajando en una empresa de construcción(asegurado) y por otra parte tiene un seguro de autónomo de agricultura y ganadería. Ahora se le acaba el contrato con la empresa de construcción y lo echan a la calle. Mi pregunta es:¿Le corresponde cobrar el paro o no? Espero que aya sido clara y me pueda sacar de esta duda(en la empresa de construcción lleva 2 años) espero me pueda solucionar el problema a la mayor brevedad posible. Un saludo y gracias por adelantado.

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Si su marido ha estado trabajando 2 años en la construcción y asegurado, ha estado cotizando por esta parte los dos años al régimen general de la seguridad social. Por este lado le correspondería de paro 8 meses, 4 por cada año cotizado. Para cobrarlo, deberá inscribirse en el INE como demandante de empleo.
Por otro lado, si está dado de alta como autónomo, estará cotizando al RETA, este es otro régimen especial que genera a su vez prestaciones por otro lado, pero que no interfieren en las prestaciones que puede disfrutar del régimen general.
Un saludo. Espero haber podido resolver su duda. Si no desea más aclaraciones al respecto.
Un saludo y gracias por tu brevedad. Pero también me gutaria que me dijera si su sueldo era de 1400 euros ¿cuánto le correspondería? Y si para darse de alta en el INE tiene que ir cuando la empresa le da el (certificado de empresa) o por lo contrario antes de que la empresa lo eche a la calle.como ves son muchas mis dudas y muy alta mi icnorancia en estos temas ya que nunca me he visto en estas situaciones, pero gracias a gente como usted se nos hace un poco más fácil la vida. Por eso agradecerle infinitamente su granito de arena. Un saludo
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Estimada amiga: Procede lo cobre, ya que como autónomo es eventual su servicio y el más que todo ha sido un trabajador en relación de dependencia. Saludos.

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