Contrato de alta dirección
Hola:
Soy responsable del área comercial de una pyme y acabo de descubrir que hace 10 años firmé un contrato laboral, (Por ignorancia y buena fe) de alta dirección y no un contrato laboral normal. Ahora comprendo que me hiciesen firmar deprisa, con cierta coacción porque corría prisa que se lo llevase el asesor de la empresa y además dejándome sin la copia correspondiente. De todo esto asumo que soy el único culpable por haber hecho las cosas mal en su día.
Por intereses de la empresa es casi seguro que todo el equipo comercial será despedido para realizar un cambio en la orientación del negocio a un solo cliente.
Es aquí donde descubro que todo el equipo tiene derecho a los 45 días pero en mi caso me dicen que ni hablar, que mi indemnización es unicamente del 15% respecto a los contratos que no son de alta dirección.
La empresa es de dos socios y jamas he tenido acceso a una sola cuenta de resultados llevándose estos temas con un secretismo absoluto. Tampoco he participado nunca en decisiones estratégicas de la empresa, precisamente porque no tengo intereses propios en la misma.
¿Esto puede considerarse alta dirección?
¿Es cierto que me corresponde menos indemnización por despido?
¿Se puede denunciar este contrato por no ajustarse a la realidad?
Gracias anticipadas.
Un cordial saludo
Soy responsable del área comercial de una pyme y acabo de descubrir que hace 10 años firmé un contrato laboral, (Por ignorancia y buena fe) de alta dirección y no un contrato laboral normal. Ahora comprendo que me hiciesen firmar deprisa, con cierta coacción porque corría prisa que se lo llevase el asesor de la empresa y además dejándome sin la copia correspondiente. De todo esto asumo que soy el único culpable por haber hecho las cosas mal en su día.
Por intereses de la empresa es casi seguro que todo el equipo comercial será despedido para realizar un cambio en la orientación del negocio a un solo cliente.
Es aquí donde descubro que todo el equipo tiene derecho a los 45 días pero en mi caso me dicen que ni hablar, que mi indemnización es unicamente del 15% respecto a los contratos que no son de alta dirección.
La empresa es de dos socios y jamas he tenido acceso a una sola cuenta de resultados llevándose estos temas con un secretismo absoluto. Tampoco he participado nunca en decisiones estratégicas de la empresa, precisamente porque no tengo intereses propios en la misma.
¿Esto puede considerarse alta dirección?
¿Es cierto que me corresponde menos indemnización por despido?
¿Se puede denunciar este contrato por no ajustarse a la realidad?
Gracias anticipadas.
Un cordial saludo
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Respuesta de tioarturo
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