Entrada de un nuevo comunero en una comunidad de bienes ya creada y en funcionamiento

En una comunidad de bienes formada por dos personas (al 50%) queremos, de cara al próximo año, dar entrada a un tercer comunero, vendiéndole cada uno de los actuales un 5% de participación, quedando así repartida la comunidad 45/45/10 %. Entendemos que la venta se plasmaría en un documento privado de compra-veta, pero la duda principal es ¿podemos mantener la comunidad actual, con su denominación social y su nif, etc o nos veremos obligados a liquidarla y crear otra?

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No necesitáis disolver la que tenéis.

Presentáis en la Agencia Tributaria el contrato privado indicando el cambio y las nuevas participaciones. Mantenéis así el CIF y todo lo fiscal.

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