Empresa temporal

Soy diseñador gráfico y tengo un pequeño estudio en casa, ahora en febrero me hago autónomo debido a que tengo suficiente trabajo para mantenerme.
El caso es que me ha salido un trabajo para montar una oficina(montar ordenadores, impresoras, red local...)
Y no se como tengo que hacerlo legalmente para facturar. Por otro lado las empresas distribuidoras de material informático me piden adjuntar fotocopia del I.A.E. Y licencia fiscal para comprarles a ellos.
¿Puedo solicitar el I.A.E. Y licencia fiscal y darme de baja cuando termine el trabajo? ¿Cómo puedo hacerlo?

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En principio la base y puesta en marcha de una empresa, sigue un esquema básico y que está en relación con la demarcación territorial del establecimiento.
1. - Alta en Hacienda de IAE, mientras exista su obligatoriedad
2. - Alta de las obligaciones fiscales tanto a efectos de IVA como de IRPF u otros impuestos que dependerán de las características con que se ejerce la actividad.
3. - Alta y afiliación en el régimen especial de autónomos personas físicas por cuenta propia.
4. - Creación de patronal y adjudicación de Mutua para afiliar trabajadores
5. - Legalización del libro de visitas
6. - Y obtención de las las hojas de reclamaciones como medida administrativa de protección al consumidor.-
Todo ello ha de hacerse en la Delegación de Hacienda correspondiente, en la Seguridad Social y en la Inspección de Trabajo.
Con ello, estamos facultados para poder facturar con toda legalidad. Terminado el trabajo, debemos proceder a darnos de baja de IAE, de 037 ( obligaciones fiscales ) y de autónomos. Es decir, los mismos pasos que en el alta, pero a la inversa : solicitando las bajas.- Liquidaremos el IVA y el IRPF, de los períodos efectivamente trabajados. Por ejm. Alta 01/04/2003 baja 15/07/2003, debemos liquidar y presentar declaraciones en dos trimestres: el 2T y el 3T, y además, a final de año resumen de IVA y la Renta cuando proceda. Es importante tener en cuenta que aunque finalicemos el ejercicio de una actividad hay que cumplir los plazos de presentación de las declaraciones, aunque sólo sean informativas.-
Gracias por la rapidez de tu respuesta. Necesito saber la cuantía de los pagos, si es posible, o donde poder consultarlos.
Por otro lado te explico: mi intención, un poco mejor:
Es trabajar como diseñador gráfico indefinidamente, pero me ha salido esto de montar la oficina(ensamblar ordenadores, montar una red por toda la oficina...) que es algo ajeno a lo que sería mi actividad como autónomo. ¿Podría tener varias actividades creo que se llaman epígrafes y tras terminar el trabajo de montar la oficina, darme de baja de ese epígrafe con el fin de poder facturar esa actividad, sin darme de baja como diseñoador gráfico? Espero explicarme bien, es un poco lioso.
La cuantía de los pagos en relación con las actividades a desarrollar, no se pueden calcular a priori, pues gastos menos ingresos, nos darán los resultados de las partidas de IVA y de IRPF.
Puedes estar de alta, de cuantas actividades quieras, declarar los impuestos que corresponden a cada una de ellas, las ejercidas de forma temporal, y darte de baja cuando lo desees. Continuar con tú actividad normal, sin problemas. Lo importante es, diferencias contablemente bien unas de otras, y declarar los impuestos como corresponden sumados todos ellos de forma que los recojan los impresos de IVA y renta. Es decir, un sólo impreso aglutina todo.-

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