Sociedad en constitución

Hola,
Tengo una duda. En una sociedad limitada que haya hecho las escrituras, la cuenta bancaria, impuesto de transmisiones patrimoniales, registro en el Registro Mercantil... En definitiva que tenga entidad jurídica... ¿Cuánto tiempo se puede esperar hasta dar de alta en el IAE y seguir con los pasos de puesta en marcha de la empresa? ¿Se puede alquilar un local a su nombre? ¿Cuándo y cómo puede pagar el irpf del alquiler? ¿Y luz, agua, teléfono...? ¿Se puede esperar seis meses y luego seguir con los trámites de puesta en marcha de la empresa?
Los administradores, que deben ser autónomos, ¿pueden darse de alta al inicio de la actividad o deben hacerlo nada más que se hagan las escrituras?
Estaría muy agradecido si me pudiera dar una respuesta extendida, o un enlace a algún documento que detalle obligaciones, márgenes de actuación o derechos de una sociedad que solo tenga entidad jurídica.
Muchas gracias,

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Una S.L. con entidad jurídica, tiene la obligación de presentar Impuesto Sobre Sociedades y depósito de cuentas anuales.
Hacienda permite la antes llamada declaración previa al inicio de operaciones, es decir, una sociedad que no va a ejercer actividad hasta un plazo por, pero si va a soportar una serie de gastos como parece ser el caso, suministros, alquileres, etc.
Con lo cual, se le creará la obligación de IVA y de ingreso del IRPF del alquiler.
Los administradores, por el hecho de existir una escritura, no tienen por que estar de alta de autónomos; este hecho se produce cuando hay una prestación directa de trabajo en la misma, es decir, cuando la sociedad ha tramitado su alta de IAE.

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