Creación de Empresa.

Buenas tardes, me gustaría por favor si alguien me pudiera ayudar ya que tengo un par de dudas.
Respecto a la primera; actualmente llevo 10 años trabajando en régimen general y mi duda es que voy a crear un empresa con un socio, el cual dispondrá el 60 % de la sociedad limitada y yo el 40%.
Según me comentaron esto me obliga a darme de alta como autónomo. El caso, es que mi socio estará full time con la empresa mientras que yo no trabajare en la empresa; es decir seré beneficiario solo en caso de beneficios al final del año pero no tendré ninguna nomina.
Mi temor es que en caso de perder el trabajo de la empresa donde trabajo actualmente en régimen general, ¿me correspondería los dos años de paro? ¿O al darme de autónomo por crear la empresa lo pierdo?
Respecto a la segunda duda, va enfocada a la jubilacin. Al pagar mi empresa la SS por el régimen general y por tro lado yo pagarme mi autónomo. Una vez que llega la jubilación como te hacen para calcular lo que te corresponde. Mi idea en mantenerme en mi empresa hasta jubilarme aunque sea socio de la otra.
Muchas gracias.

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La respuesta a su primera pregunta requiere alguna consideración:
a) En el caso de que se diera de alta como autónomo y la empresa cerrara vd., perdería el derecho a percibir la prestación por desempleo.
b) En caso de que no sea vd., administrador de la mercantil y optan por la figura de administrador único por parte de su socio no vendrá vd., obligado a darse de alta en ningún régimen con lo cual se solucionaría de raíz el problema que se genera con respecto a lo indicado en el apartado a) de mi respuesta.
La segunda respuesta a la vista de lo expuesto anteriormente no tiene sentido contestarla por cuanto no es necesario que se de de alta como autónomo.
Saludos
Jaime Feiner
[email protected]

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