S.L. O Comunidad de bienes

Quiero montar una empresa con un socio.
Esperamos tenga una facturación anual entre 90000 y 120000 Euros. ¿Qué es más interesante Sociedad Limitada O Comunidad de Bienes?

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Cuando se pretende crear una sociedad, hay que evaluar en primer lugar el nivel de inversión y de riesgo que lleva la actividad, así como los socios partícipes. La facturación prevista es modesta, por lo que es de presumir que el nivel de riesgo no es alto; hay que evaluar también el nivel de confianza del socio.
Lo más sencillo es crear una Comunidad de Bienes (C.B.) o una Sociedad Civil. Para ello basta un simple contrato privado, que se debe pasar por el dpto. de hacienda de la comunidad autónoma a efectos del pago de I. de actos jurídicos. Hay que tener muy en cuenta que tanto la C.B. como la S. Civil son sociedades con responsabilidad ilimitada de los socios, lo que implica que tienen que responder de las deudas de la sociedad con su patrimonio particular.
Algo más complicado, pero más seguro, es una Sociedad Limitada (SL). Es la fórmula más utilizada hoy día, ya que permite separar el patrimonio de la sociedad y el particular y la responsabilidad es limitada a la aportación a la empresa.
Una vez elegida la opción, hay que ir a Hacienda a dar de alta la sociedad: CIF, alta en censo de actividades económicas (mod. 036) y alta en IAE. Después, alta en S. Social de los trabajadores o socios (si es autónomo, 205 euros/mes).
Todo esto, como es natural, al margen de los permisos y licencias de apertura de establecimiento que se deben tramitar en el ayuntamiento respectivo.
Buena suerte

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