Autónomo : Gastos a deducir

Soy autónomo y francés (entonces lo siento por mis faltas). Soy autónomo desde mayo de 2007 en el campo audiovisual. He comprado una cámara video en 2006 y una pantalla, quería saber si podía deducir esos gastos o una parte en mi declaración de julio de 2007. También quería saber si podía deducir los gastos del piso (donde yo trabajo), teléfono, luz, alquiler...
Muchas gracias por su respuesta.

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Lamento la tardanza en responder pero he estado fuera.
Como autónomo puedes deducirte de TODOS los gastos que sean necesarios para obtener los ingresos de tu actividad, en este caso hablamos de dos bienes que están directamente relacionados con la misma y que, por lo tanto, están afectos a la actividad.
Por lo tanto, SÍ puedes declarar como gasto la amortización de ambos bienes, PERO como fueron comprados antes de tu alta como autónomo no podrás deducirte por el IVA que pagaste en su momento.
Lo que deberás hacer es aportar esos bienes a la contabilidad de la empresa y darles un valor (de mercado) y sobre ese valor practicarás la correspondiente amortización.
Por otra parte, los gastos del piso son perfectamente deducibles en algunos casos al 100% (como podría ser el teléfono si es el número comercial) pero en otros casos en función de la parte de la vivienda que esté afectada por el negocio.
Me explico, si para el negocio ocupas una habitación que supone el 10% de la superficie de la casa podrás deducirte como gasto de la empresa el 10% de los gastos generales de la casa (alquiler, luz, agua, gas,...)

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