Trabajar por cuenta ajena + cuenta propia

Estoy trabajando por cuenta ajena en un alquiler de coches con contrato y todo.
En mi tiempo libre alquilo casas, apartamentos y coches a turistas (tengo una página web), pero solamente gano 1000-2000 EUR (aproximadamente) por ano.
Mis preguntas son: ¿Tengo qué darme de alta como autónomo en la Seguridad Social y en la Hacienda si gano tan poco dinero? ¿Cuánto es el mínimo que tendría que pagar a la Seguridad Social por mes? Tendría que pagar 2x a la Seguridad Social, ¿cómo autónomo y trabajando por cuenta ajena?
Hace meses ya que estoy buscando a alguien que me conteste mis preguntas pero no encuentro a nadie, ni la hacienda me puede ayudar bien.
Respuesta
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Ni para Hacienda ni para la Seguridad existen mínimos por los que tengas la obligación de tributar. Puede darse en caso, como sería este, que los ingresos que tienes no serían suficientes para pagar la cuota de autónomos.
En general Hacienda te dice que si organizas un negocio, como sería tu caso, debes darte de alta como empresa y pagar liquidar por sus beneficios. Por su parte la Seguridad Social señala que si creas una empresa debes darte de alta como autónomo.
Ahora bien, si los beneficios que tienes son del importe que señalas no vas a tener ningún problema si no te das de alta puesto que más que una empresa puede considerarse tu actividad como un hobby.
Muchísimas gracias. Pero tengo una pregunta más: Si me doy de alta como autónomo, y ademas trabajo por cuenta ajena (pluriactividad), ¿tendré qué pagar dos veces a la Seguridad Social o como funciona eso?
¿Y qué "profesion" pongo para darme de alta como autónomo? Estoy alquilando casas, apartamentos y coches. También ofreczo un servicio informático y administración de empresas.
Gracias por todo.
Muchas gracias.
Si te das de alta en Hacienda deberás hacerlo posteriormente en autónomos (Seguridad Social) y pagar la cuota correspondiente.
Como los regímenes de autónomos y general son compatibles deberías cotizar por ambos trabajos, es decir, por tu contrato como asalariado la empresa seguirá cotizando pero por tu actividad como autónomo deberías ingresar tú personalmente la cuota completa porque no se compensan entre una y otra.
En cuanto a la profesión, eso lo definirá básicamente el alta en IAE, deberías hacer tantas altas en ese impuesto como actividades diferenciadas tengas. Esto no tiene más problema que administrativo puesto que ya no es necesario pagar por este impuesto.
En cualquier caso yo te recomendaría hacer el alta como mucho en dos actividades y a ser posible que ambas sean consideradas o profesionales o empresariales (en la tabla de actividades ya se diferencian como tales), para simplificar la contabilidad.

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