Deuda injusta para una niña

Hola buenas tardes, mi mujer y yo tenemos una niña, pero yo no soy su verdadero padre.su padre falleció hace un tiempo y tenia una hipoteca que pagar junto con su actual pareja. Pues bien ella se ha puesto en contacto con mi mujer al igual que el banco, diciéndole que la niña que tiene 7 años hereda la mitad de la deuda.y nadie nos ha explicado nada más.
Necesitamos ayuda y orientación sobre donde dirigirnos y como mirar de arreglar este asunto ya que no es justo que la niña pague por eso, porque encima el no se preocupaba por ella ni le pasaba ningún tipo de manutención.
Esta hasta demandada por el banco, haber si puedes ayudarnos te estaríamos muy agradecidos.
Buenas tardes y gracias de antemano.

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La solución al problema es matemática, hay que valorar si la vivienda en cuestión tiene hoy en día "valor de mercado". Si su hija es la heredera de la mitad de la deuda, también es propietaria de la mitad de la casa. Pero esa afirmación hay que demostrarla, en principio existe el registro de última voluntades, con certificación literal de defunción del difunto se pide a dicho registro el último testamento y después se saca la copia autorizada del mismo en la notaria donde se otorgó . Entonces se puede verificar si dicho testamento existe que cuota tiene la niña respecto de la herencia de su padre. Si no existiera testamento tendría que hacer en un notario lo que se denomina "declararación de herederos". Esto es el punto de partida, ver la cuota hereditaria de la niña, para ver en principio su parte en la herencia. Así las cosas, sería acreedora de un activo y deudora del pasivo. Como le explico abajo si se duda de la solvencia del finado puede aceptar la herencia a beneficio de inventario.
Podría ser que si llevan tiempo pagando la casa, la niña a parte de tener deudas tenga activo. La hija también podría reclamar como acreedora como el banco en concepto de alimentos los cinco últimos años de alimentos de los bienes de su padre.
Si en el momento de la muerta había dinero en las cuentas bancarias. Si eran conjuntas con su actual pareja, la mitad serían de la niña. Si las cuentas eran individuales todo el dinero es de la niña. Incluso dependiendo del trabajo del padre tendría derecho a una pensión de orfandad.
Lo mismo todo es un farol de la pareja del fnado, que deja de pagar el préstamo hipotecario en connivencia con el banco para quedarse ella con la casa por lo poco que quede de préstamo. El banco debe indicar qué dinero en concreto se debe del préstamo, pues lo mismo es poco e interesa pagar la hipoteca. Y después se puede vender la vivienda de común acuerdo con dicha señora y si no por el correspondiente juicio se puede vender la vivienda o adjudicársela pagando al otro su parte.
También se puede llegar a un acuerdo y repudiar a la herencia en nombre de su hija por su madre mediante el pago de una cantidad de dinero por la última pareja del padre. Podrían preguntar en Hacienda los bienes del difunto, cuenta corrientes etc.
Si analizada la situación no trae cuenta aceptar la herencia pueden repudiarla para ello vayan a un notario, que les atenderán en la mayor parte de los casos gratuitamente, salvo si hacen la correspondiente escritura que sí deberán de abonar según arancel.
Apuntes legales:
El llamado a una herencia puede optar por:
Aceptar la herencia implemente: Sólo es aconsejable realizarlasimplemente en aquellos casos en los que exista la seguridad de que lasdeudas del fallecido no superan el importe de los bienes dejados en herencia, dado que si no fuese así, el heredero respondería con sus propios bienes delas deudas de la herencia que acepta.
Aceptar la herencia a beneficio de inventario: Es aconsejable en los casos en los que se duda de la solvencia del fallecido puesto que el herederotan sólo responderá de las deudas del causante hasta el límite del importede los bienes que le son adjudicados por herencia. La aceptación a beneficio de inventario puede hacerse ante el Notario oagente consular si el beneficiario se encuentra en el extranjero, o ante un juez.
Repudiar la herencia: Es una declaración por la que el sucesor rechazade forma expresa la herencia y debe hacerse en escritura pública ante un Notario judicialmente; no es posible por tanto repudiar la herencia de forma tácita.
Tanto la aceptación como la repudiación de la herencia, una vez realizadas
son irrevocables, no pueden ser parciales ni someterse a condición,
esto es, no se puede aceptar o rechazar una parte de la herencia, ni imponer
condiciones para aceptarla o rechazarla.
Tampoco se puede requerir a un beneficiario para que acepte o rechace la
herencia hasta pasados 9 días del fallecimiento del causante.


En principio, pueden aceptar o repudiar la herencia todas las personas con
capacidad suficiente para disponer de sus bienes libremente.
Pero también debe prestarse atención a las siguientes situaciones:
<ul>
<li>El menor empancipado: Por sí mismo
Sólo puede aceptar la herencia a beneficio de inventario para que sus propios
bienes no queden vinculados a las posibles deudas de la herencia que acepta.
Sin embargo, para aceptar la herencia simplemente o repudiarla necesitará el consentimiento de sus padres, tutor o defensor judicial.
</li>
Una vez que el beneficiario de una herencia la acepta, se convierte oficialmente en heredero y se sitúa en la posición del difunto respecto a la titularidad de sus bienes y derechos.
La aceptación o la repudiación de la herencia se entiende realizada en el momento de la muerte del causante, independientemente del tiempo en el que se realizase efectivamente, lo que quiere decir que los efectos de la aceptación o repudiación se retrotraen a la fecha del fallecimiento.
Si el heredero repudia la herencia y con ello se causa un perjuicio a sus acreedores, éstos podrán solicitar al juez que les autorice para aceptarla en su nombre. A los acreedores se les atribuirá la cantidad correspondiente hasta el límite del importe de sus créditos y si sobrase alguna cantidad de la porción hereditaria del que rechazó la herencia, ésta se repartirá entre el resto de los herederos.
</ul>
Muchas gracias por tu ayuda y la explicación tan detallada que nos has dado.
Haber si arreglamos este problemilla, un saludo y gracias de nuevo.
Buenas tardes.

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