Pensión de invalidez

Mi nombre es José Ramón y tengo una duda que tal vez me pueda solucionar. Tengo 40 años y mi vida laboral ha sido como auxiliar de enfermería. Hace unos años me diagnosticaron de hernia de disco, la cual me va haciendo imposible seguir con el trabajo. Viendo esto, comencé a estudiar abrir un negocio y estoy en ello; próximamente inauguraré un bar. Mientras continúo de auxiliar en una residencia de mayores y estoy de baja; me acaban de descubrir 2 hernias de disco más; desde inspección de trabajo me van a proponer para una invalidez total, con lo que me quedaría una paga pequeña y dejaría el trabajo de auxiliar. Mis dudas van en dos partes: la una es que me han dicho que si me dan la paga me pueden impedir darme de alta como autónomo en mi bar ¿eso podría llegar a ocurrir? La otra duda es que si me dan una pensión y yo sigo trabajando, bien en mi bar o en cualquier otro trabajo compatible sigo cotizando, entonces ¿qué ocurre con mi futuro? ¿Genero otra pensión de cara a la jubilación o sería la actual la que me quedaría? ; Yo entiendo que esta pensión que me reconociesen ahora sería para siempre y con mi nueva cotización generaría otra a la hora de jubilarme ¿Sería así? De ser así, ¿Cuántos años tendría que cotizar? Es decir, ¿qué ocurre con lo que llevo cotizado hasta ahora, desaparece o contabiliza para el futuro? Disculpe la parrafada pero ando algo confundido;

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En primer lugar, si te dan una incapacidad permanente total, quiere decir que puedes trabajar en cualquier otra cosa que no se ade auxiliar de enfermería, por tanto esa pensión es compatible con ser autónomo en el bar y por tanto si inicias esa actividad tienes que darte de alta como tal.
Respecto de las nuevas cotizaciones, se van sumando a las que tienes y cuando llegue la jubilación la solicitas y te dan a elegir entre la pensión actual que te quede y la nueva de jubilación, pero en ningún caso tienes las dos.
Suerte.
Muchísimas gracias por tu ayuda; por abusar un pelín más, te quería comentar algo; actualmente estoy de baja y mi contrato es por un año; termina el 30 de Junio; cuando finalice el contrato aún estoy de baja, me pagaría la seguridad social, pero ¿qué ocurriría con el tribunal médico? ¿Consideraría a la hora de concederme la invalidez el puesto de auxiliar aunque ya no trabaje de ello porque no me renovaron? Gracias nuevamente y disculpa las molestias. Un slaudo.
Si termina tu contrato y sigues de baja tienes que solicitar que te pague la seguridad social o la mutua, según quién tenga cubiertas estas situaciones, y no es algo automático sino que tienes que solicitarlo expresamente.
Si finalmente hay una incapacidad permanente la categoría que se tiene en cuenta es la última que realizaste, así que si la última fue de auxiliar pues sobre esa categoría realización la incapacidad.
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En principio si te dan una pensión de invalidez total es para la profesión total que es la de auxiliar de enfermería.
Debes comunicar que se piensa simultanear la pensión con la nueva actividad.
Esta pensión es compatible con seguir trabajando en otra actividad, no te prohibirán darte de alta como titular de la actividad (bar), como mucho lo que harán es revisar si la actividad por la que te das de alta es compatible con tu pensión de invalidez total para la profesión habitual.
Nunca te prohibirán darte alta en el bar como mucho si creen que no es compatible lo que harán es quitarte la pensión.
El calculo de la pensión de jubilación la generas con la cotización de tu vida laboral no pierdes la cotización que se ha utilizado para el calculo de la pensión de invalidez total, una vez llegados a los 65 años tu pensión de invalidez total pasaría a denominarse pensión de jubilación a no ser que te interese más la pensión de jubilacición calculada por el tiempo trabajado (si continuas trabajando seguro que te intersera un nuevo calculo de la pensión de jubilación).
No me ha quedado una explicación muy clara si tienes cualquier otra duda ya sabes.

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