Permiso de matrimonio y fin de contrato

Una trabajadora contratada con un contrato 402, el día 15 de noviembre de 2010 se le acaba el contrato. El día 7 de noviembre de 2010 se casa y va a disfrutar el permiso por matrimonio Cuando llegue el día 15 y finaliza contrato, ¿La empresa le debe abonar los 8 días de permiso que no va a disfrutar?.

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No, ya que la empresa esta oblid¡Gada a abonar los 15 días siempre y cuando se mantenga la relación laboral.
En este caso se le pagara la nómina de ese mes de los días que esté de alta, la parte proporcional de las pagas extras si es que no están prorrateadas y la indemnización por fin contrato que son 8 días por año trabajado. El resto de días del permiso por matrimonio no está obligada la empresa a retribuirlas porque su relación laboral ha finalizado.

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