Contrato de interinidad

Tengo una pequeña duda que espero puedas ayudarme a resolver.
He firmado un contrato de sustitución de un trabajador, en el contrato consta el nombre del trabajador al que sustituyo y el motivo (baja laboral), buscando información he encontrado, que se extingue el contrato, cuando el trabajador sustituido se reincorpora en el plazo previsto, y en mi contrato no hay plazo previsto tengo como fecha final "hasta fin de sustitución", en principio eso no me preocuparía ya que he entrado sabiendo que estoy haciendo una sustitución y cuanto más tiempo este pues mucho mejor, pero mis compañeros me comentan que la persona a la que sustituyo no piensa volver, que va a alargar la baja todo el tiempo que le sea posible esperando que la empresa la despida o se ira ella cuando acabe la baja.
Mi pregunta es ¿hay qué establecer una duración máxima de la sustitución? Y ¿En qué posición quedo yo si dicha trabajadora es despedida?
Respuesta
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Efectivamente un contrato por interinidad tiene la misma duración que el tiempo de baja del sustituido. Una baja de I.T puede ser como máximo por 18 meses, una vez trascurrido este tiempo la seguridad social, puede hacer dos cosas; 1º si lo estima oportuno pasa a esa persona a una situación de Incapacidad permanente, y por lo tanto ese mismo día causa baja en la empresa. Se da fin a tu contrato.
2º Si la S.Social estima que su dolencia no es causa de una incapacidad permanente, debe reincorparse la trabajo el día siguiente de dicha resolución, por lo tanto, tu contrato también quedria extinguido desde eses mismo día.
Es decir, si tu preocupación es tener un cto, de interinidad toda tu vida, despreocupate que en este mundo laboral todo se resume a plazos.
Espero haberte servido de ayuda. Chao.

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