Buenos días, compre una casa hace tres años y desde entonces he tenido problemas con la puerta principal, me la han reparado varias veces pero sigo si poder dar las tres vueltas de la cerradura, les llemao y siempre me dan largas, mi pregunta es si puedo denunciarlos o que puedo hacer, ya que me dicen que la garantía son dos años, pero siempre que la "arreglan" sigue funcionando mal, es como esi la puerta estuviera descuadrada.
Muchas gracias
El art. 18 de la LeyLey 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, es de decir: "Artículo 18. Plazos de prescripción de las acciones. 1. Las acciones para exigir la responsabilidad prevista en el artículo anterior por daños materiales diamantes de los vicios o defectos, prescribirán en el plazo de dos años a contar desde que se produzcan dichos daños, sin perjuicio de las acciones que puedan subsistir para exigir responsabilidades por incumplimiento contractual. 2. La acción de repetición que pudiese corresponder a cualquiera de los agentes que Intervienen en el proceso de edificación contra los demás, o a los aseguradores Contra ellos, prescribirá en el plazo de dos años desde la firmeza de la resolución judicial que condene al responsable a indemnizar los daños, o a partir de la fecha en la que se hubiera procedido a la indemnización de forma extrajudicial".
Claro que prescriben a los dos años, pero dicho plazo se contabiliza desde que se produzcan los daños no desde que se compra la vivienda. Remita un Burofax con Certificación de Texto y Acuse de Recibo, para que en plazo de UN MES contado a partir del dia siguiente al de la receptición del escrito, procedan a la reparación definitiva de dicho elemento o se verá en la desagradable tesitura de proceder judicialmente en contra de ellos. Transcurrido dicho plazo sin noticias, deberá poner el asunto en manos de un Abogado para que formule una demanda contra la Constructora en cuestión. Ruego cierre y valore