Se puede embargar por el juzgado una pension por incapacidad absoluta

Embargo de pension por incapacidad absoluta

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Si, la pensión por incapacidad absoluta (al igual que los sueldos, jornales o retribuciones de otro tipo) es embargable siempre que la cantidad exceda del salario mínimo interprofesional.

Y el embargo se hará solamente sobre la cantidad en que la pensión exceda del sueldo mínimo interprofesional.

Actualmente en España el sueldo mínimo interprofesional está en 641,40 euros mensuales.

se puede hacer varios embargos.

Si, siempre sin tocar la base de 641,40 euros. Solo se puede embargar a partir de ahí.

Si la cantidad restante no es suficiente para cubrir todas las cantidades, se irá por turno, es decir, primero embargará el que tenga la orden de embargo primero y luego, cuando este ya haya cobrado la totalidad, empezará a cobrar el segundo y así sucesivamente.

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