Piso en el que aparece pendiente una anotación de embargo preventivo

Pedimos nota simple de un piso que queremos adquirir y nos aparece pendiente una renovación de un embargo preventivo, pero no a nombre del que nos vende el piso (una sociedad financiera) que se lo adjudicó por procedimiento judicial sobre una persona física, sino a nombre de ésta. Es decir, la anotación de embargo no aparece a nombre del propietario actual del piso, sino del propietario anterior. Nos extraña que el piso se lo adjudicara el actual vendedor y que igualmente aparezca esta anotación pendiente a nombre de la persona que perdió el piso por acción judicial. Le agradeceríamos su opinión sobre cómo debemos enfocar la adquisición del piso, y que nos de su opinión sobre el riesgo que entraña esta operación, en estas circunstancias

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Al estar pendiente la renovación, entiendo sera un embargo posterior al año 2000, que con la renovación incluida, solo se pueden dar un plazo máximo de 8 años. Con lo que en su momento o no se renovara o vencerá. Ahora si se acuerda la renovacion, ello os perjudicaria para obtener financiacion, y podria conllevar una ejecucion por parte del titular del embargo, si vais a comprar, deberiais exigir al vendedor, que solucione el tema del embargo y os venda libre de cargas.

si pero quien me vende a mi se adjudico el piso en 2011 y hay una nota simple posterior, de febrero del 2012, en que no aparece ninguna carga... es en la que acabo de pedir yo donde aparece un documento pendiente de despacho en el que se solicita la prorroga de un embargo sobre el piso que quiero comprar, pero como deuda del propietario anterior. Lo que me dicen es que el registrador no aceptará el registro de esta carga y que espere... que como la solicitud de embargo preventivo va a nombre del propietario anterior, que el registrador la rechazará... que es cosa de 15 días... de momento, por supuesto que no voy a efectuar ningún pago a cuenta, pero tampoco quiero perder tiempo... pensáis que realmente el registrador va a rechazar esta anotación?

Lo normal es que si que la rechace, dado el cambio de titularidad, pero si la carga continua es porque era anterior a la carga por la que se ejecutó el procedimiento judicial, con lo que debe hacer es esperar a la resolución del Registrador, para tener seguridad al respecto.

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