La devolución del irpf hacienda se puede considerar protegida por la ley 607 a efectos de embargos

La devolución del irpf hacienda se puede considerar protegida por la ley 607 a efectos de embargos

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¿Me podría aclarar a lo que se refiere usted con "la ley 607"?

buenos días, yo estoy divorciado y paso por orden judicial pensión alimenticia y compensatoria. por este pago y aplicando la ley 607 sobre embargo de sueldos no me pueden embargar nada de la nómina. Ahora me han comunicado que me embargan la devolución de hacienda., La devolución de Hacienda se produce por haberme descontado de la nómina más irpf del que debían. el irpf forma parte de mis ingresos brutos en la nómina, y mi pregunta es ¿se podría considerar la devolución de Hacienda como más sueldo? y una sumado esto aplicar la ley 607 sobre embargo de sueldos y pensiones. al igual que no se pueden embargar los saldos de las cuentas que provengan de ingresos periódicos de nóminas y pensiones. muchas gracias por su atención.

Creo que usted se refiere al art. 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que regula el embargo de sueldos y pensiones. Su razonamiento podría ser defendible siempre y cuando el cálculo para el embargo del sueldo se haya hecho sobre el bruto (es decir, antes de practicadas las retenciones tributarias).

Sin embargo, esa forma de calcular el embargo es contraria a lo que dispone el número 5 de ese mismo art. 607, pues dice que "la cantidad líquida que percibiere el ejecutado, deducidos éstos [se refiere a los descuentos por tributos y otros] será la que sirva de tipo para regular el embargo".

Dicho de otra forma: si al calcular el porcentaje de salario que se le embarga se ha tenido en cuenta el líquido una vez practicada la retención, la devolución a su favor en el IRPF podría verse perfectamente como un derecho susceptible de embargo.

Si no es así, usted debería dirigirse al tribunal y exponer los motivos de su discrepancia, aunque posiblemente sea necesario recurrir a un Abogado de confianza.

Perdón no me he expresado bien. El embargo de la nómina es del Juzgado de Familia y está bien. Ya sobre ella no se me puede aplicar mas embargos. La pregunta era que al hacer la declaración de la renta sale negativa o sea a devolverme parte del irpf descontados en las nominas y esto es lo que me quieren embargar. ¿esta devolución que es parte de mi salario bruto se puede considerar como mas ingresos y por lo tanto aplicarle la ley 607 a la suma de mis emolumentos mas la devolución de Hacienda?. muchas gracias por su paciencia.

Yo creo que sí, que ese embargo sería correcto. Esa devolución se genera a consecuencia de sus retribuciones salariales, pero ha sido excluida del cálculo para fijar la parte del salario a embargar. Por lo tanto, ahora aparece como un derecho de crédito frente a un tercero (en este caso Hacienda) susceptible de ser embargado.

Siento no poder darle una mejor noticia.

Muchas gracias por todo, cuando llegue el embargo lo llamaré para concertar una entrevista y ver con más detalle si se puede hacer algo.

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