Después de comprar una VPPL

Buenos días, en Junio de 2010 compre un VPPL en la comunidad de Madrid y como es habitual el banco y su gestora se encargaron de todo el papeleo (escrituras, impuestos, hipoteca, etc). Una vez finalizada la compra, me dieron las escrituras, le pregunte al del banco si tenía que hacer algo más y me dijo que no que ya estaban todos los papeles. Pues ya me desentendí y a pagar la hipoteca religiosamente.
Resulta que revisando y organizando los papeles estos días leo en las escrituras un documento anexo que es la autorización que da la administración el permiso de venta y la negación de Tanteo de la comunidad al anterior propietario. En esta dice al final que hay que avisar y llevar una copia de la escritura a la administración de vivienda de la comunidad de Madrid del traspaso de vivienda en el plazo de un mes.
Mi gran duda y mayor inquietud es no saber si esto ya se realizó en el momento de la compra, porque yo no recuerdo ir a llevar esto. Me preocupa que si no se ha realizado ya han pasado unos años y si puede tener consecuencias.
Gracias y Saludos.

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Normalmente, el propio gestor de la entidad bancaria o del notario, lo habrá realizado. Si ya ha pasado un tiempo y no le han reclamado nada, normalmente, no tendrá problemas.

Gracias por tan pronta respuesta. Ya han pasado más de tres años y no he recibido nada de la comunidad de Madrid. Leyendo foros y el Régimen sancionador en materia de
viviendas protegidas de la Comunidad de Madrid me he preocupado porque puede ser una falta muy grave. También dice que prescriben las faltas graves a los tres años. Lo cierto es que me gusta ser correcto y no sé si preguntar al banco o a la administración de vivienda de la comunidad de Madrid. Por quedarme yo tranquilo, porque cierto es que como dije me desentendí ya que el gestor del banco se encargaba de todo. Gracias y saludos.

Si pregunta a la Comunidad de Madrid y no se presentó corre el peligro de que aun estén en plazo abrirle expediente y cobro de sancion asi que debera estar muy atento a las fechas, en todo caso si es conveniente realizar la consulta con el banco y/o la gestoria.

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