¿Qué procedimiento lleva un divorcio?

Tengo un amigo que quiere tramitar su divorcio pero quisiera que me recomendaran algún contacto en toluca para poder acudir a el y acelerar el tramite y más que eso necesita asesoría para ver que es lo que tiene que hacer, cuanto tiempo tarda, cual es el tiempo más reducido y que necesita, (puede recibir respuestas a este correo)

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El divorcio lo puede llevar cualquiera al que se dirija en su localidad porque es algo que puede hacer cualquier abogado: no hay que ser especialista.
Los trámites pueden ser largos o lentos, dependiendo de la modalidad que elija y de las circunstancias en que se desenvuelva.
De todos ellos se encarga el abogado y él sólo tiene que pasar la visita y decir cuál es su caso.
Te explico brevemente:
1º.- Al divorcio se puede acceder, tras un año de la separación judicial, para lo que habrá que pedir un testimonio de la sentencia que lo acordó, o directamente, sin haber habido dicha separación, acreditando que el matrimonio hace ya dos años que vive separada de hecho. Esto suele acreditarse con certificados de empadronamiento o contratos de trabajo si es que trabajan en distintas localidades, y facturas que demuestren que hay dos domicilios diferenciados.
Hay otras veces que las partes han acudido a Notaría -hace esos dos años- a reflejar por escrito que disuelven el
Régimen ganancial y que van a vivir separados a partir de entonces. Eso también sirve como justificación.
2º.- Tras ello se elige el procedimiento: puede ser de mutuo acuerdo o contencioso. El más rápido es el primero, que está resuelto en un mes y medio como mucho (si es que el Juzgado de que se trate no está muy saturado). En el de mutuo acuerdo la pareja firma una Propuesta de Convenio que el órgano judicial homologa si es correcto. Ahí se hace constar: la intención de separarse/divorciarse, los alimentos para los menores, su guarda y custodia y el régimen de visitas en su caso, la pensión compensatoria si la hay y se atribuye el uso de los bienes
A la parte más desfavorecida o a quien se le vayan a adjudicar éstos, o a quien se quede en compañía de los menores si es que los hay.
Aquí se aplican diversas fórmulas para conocer cuándo cede ese uso: la general, lo mismo que para la finalización de la pensión de alimentos, es hasta que los menores puedan independizarse y trabajar por su cuenta (ya, eso de hasta la mayoría de edad, no se suele hacer).
Si es contencioso es un cónyuge el que le pide el divorcio al otro. No puede decir que no, pero en su contestación a la demanda puede proponer otras medidas distintas a las que plantea el primero: cuantías diferentes de pensión de alimentos, de compensatoria, de guarda y custodia, de uso de bienes comunes, etc.
3º.- Si tu amigo no tiene liquidado el régimen matrimonial -que suele ser el de gananciales- lo puede hacer, o en la Propuesta de Convenio, que es lo más cómodo y lo más barato, o en un procedimiento aparte de la Separación o Divorcio. Ahí se forma el inventario de la Sociedad especificando cuáles de los bienes tienen una naturaleza ganancial (han sido adquiridos constante matrimonio), se hacen las valoraciones y se forman los lotes. Este procedimiento es el que es muy rentable para los abogados y además, ambas partes COBRAN del mismo sitio: de los gananciales. Por eso si aún no lo tiene liquidado, le aconsejo que trate por todos los medios llegar a un acuerdo y hacerlo en el Convenio porque se va a ahorrar múltiples gastos: de abogados y de Escrituras.
Saludos desde Logroño y que no se preocupe que la única cosa que tiene que hacer es ir llevando a su abogado las cosas que le pida, según el trámite al que pueda optar.

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