Cierre balcón

Quiero cerrar el balcón de mi casa y no se si algún vecino tien derecho a negarse puesto que en mi portal otros
vecinos ya lo tienen cerrado y ademas cada uno de un color y quisiera saber
si yo también lo puedo poner del color que quiero o podría haber algún problema.

2 respuestas

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Te contestaré en base a la legislación española, y según la ley de propiedad horizontal.
Cada propietario sólo puede hacer obras en su piso o local.
La modificación de sus elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios se realizaran siempre y cuando no perjudique a otros vecinos, no altere la seguridad del edificio en su estructura, configuración o exteriores.
Deberás de comunicar las obras previamente a la Comunidad a través de tu presidente o administrador.
El cerrar un balcón puede considerarse que afecta al exterior del edifico, y es por ello que te aconsejo comunicarlo a la comunidad de vecinos a través de tu presidente.
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Hola de nuevo me gustaría me aclarases si seria más conveniente que el administrador hiciera un acta en una reunión para justificar yo la obra o como debería justificarlo en caso de acuerdo con los vecinos.
Gracias y hasta la próxima.
En un principio todas las comunidades de vecinos cuando se reúnen y toman decisiones están han de estar redactadas en el libro de actas que está en posesión del presidente o secretario de la comunidad.
En el caso de haber administrador se supone que lo debe de tener él.
En tal caso lo único que tienes que es solicitar a tu presidente de la comunidad la comunicación de que deseas realizar esa obra, y que debe de informar de esas obras en una reunión de vecinos, y ahí solicitar la autorización de dichas obras por mayoría de los asistentes.
Una vez finalizado reunión se plasma en el libro de actas (que es un libro legalizado ya que tiene que estar diligenciado por el registro de propiedad), y en el plasmará tu solicitud así como la decisión tomada por tus vecinos.
En caso de ser positivo, recuerda pedir después permiso de obras a tu ayuntamiento si fuese el caso
Si crees necesaria una segunda opinión copia y pega nuevamente la pregunta en el tablón de anuncios.
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Un saludo
De comunidades de vecinos han de disponer de un libro de actas donde se acuerdan las deciones tomadas en cada una de las reuniones, y todas aquellas sugerencias o alegaciones.
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Este tipo de asuntos es harto frecuente en las comunidades de vecinos. Según la ley de propiedad horizontal, y como regla general, no se puede realizar ninguna modificación o alteración de elementos comunes sin el previo acuerdo de todos los propietarios. La fachada lo es, y cerrar con mamparas un balcón altera la vista exterior del edificio. Lo suyo es debatir estos temas en una Junta y procurar que todos los que la cierren, si se acuerda esta posibilidad, lo hagan con cierres del mismo tipo y color.
Eso es lo que dice la ley, pero no es menos cierto que si los demás han hecho lo que les ha venido bien, sin que la Comunidad o los propietarios disconformes con esos cerramientos hayan reaccionado en algún sentido, difícilmente puedan ahora reprocharle a usted algo, si hace lo mismo, aunque no se ajusta a la ley. Dado lo que ocurre en su edificio, que los propietarios hacen lo que quieren, si le conviene cerrar el balcón, haga usted lo mismo sin consultar a nadie, no va a ser usted el único que pida permiso a la Comunidad, pero no estaría mal que lo planteara en la próxima Junta, si consigue el permiso jamás podrán obligarle a quitar el cierre, pero se juega que si le prohíben expresamente cerrar, pueden hacer que lo quite. En resumen, haga lo que han hecho los otros, no pida ningún permiso, está mal hecho pero es lo mejor que puede hacer, porque utilizar la vía correcta, le puede perjudicar. Adelante. No olvide puntuar la respuesta.

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